jueves, 6 de enero de 2022

ISLA DE PATOS Y LA GUAYANA ESEQUIBA A propósito del Tratado del 16 de febrero de 1942

 


Por el Dr Jairo Bracho Palma

Antecedentes

Trinidad española

La real cédula del 8 de septiembre de 1777, separa de la jurisdicción del Nuevo Reino de Granada, las provincias de Cumaná, Guayana, Maracaibo, y las islas de Margarita y Trinidad, agregándolas en los gubernativo y militar, a la Capitanía General de Venezuela. En lo judicial, Maracaibo y Guayana dependerían de la Audiencia de Santo Domingo.[1]

La Gobernación de Trinidad sirvió de soporte activo a los corsarios estadounidenses durante su Guerra de Independencia, proporcionándoles abrigo contra unidades navales inglesas, y abasteciéndolas de pertrechos.[2]

Finalizada la Paz de Versalles (3 de septiembre de 1783),[3] España disfrutó de diez años de relativa tranquilidad en sus posesiones americanas, en consecuencia, dominó el mar Caribe.

La Corona impulsó políticas de apertura comercial, reordenamiento territorial, expediciones científicas, etc. En el caso de Trinidad, estas medidas fueron exitosas.

La real cédula del 24 de noviembre de 1783, promulgó un reglamento de población y comercio para la isla de Trinidad. Básicamente, permitió la inmigración de extranjeros católicos y el comercio a tasas preferenciales.[4] El flujo comercial se triplicó en tres años. De forma gradual, llegaron ingenieros, cartógrafos, tropas y marina.[5]

La estrategia inglesa

Inglaterra mantuvo unas desfavorables condiciones estratégicas en el Caribe, en función de sus políticas de penetración en Tierra Firme (actuales Venezuela, Colombia y Panamá). Las posesiones inglesas en el Arco de Ulises eran dispersas. Jamaica, cerca del seno mejicano, estaba tan al oeste, que su flota tardaría hasta tres semanas para auxiliar a Barbados. Por su parte, esta isla, de buenas condiciones de abrigo, tenía una superficie muy pequeña. Así se explica, el interés británico por adquirir nuevas colonias situadas a barlovento. En una oportunidad, propuso la compra de Trinidad.[6]

La pérdida de parte de las colonias norteamericanas, y el fin de la guerra supuso para el nuevo gabinete inglés, graves problemas  económicos y estratégicos.

Marinos de guerra en su mayoría, y mercantes, quedaron sin empleo al finalizar el conflicto, unos 60.000 aproximadamente. Estos, al contar  con  pericia en las maniobras de abordo y en el manejo de la artillería, podía convertirse en una envidiable dotación de cualquier flota extranjera.

Los norteamericanos habían incrementado su tonelaje de embarcaciones (533 barcos) en las islas de barlovento, llegando a desplazar a seiscientas unidades mercantes inglesas.

Típico de la hipocresía de un gobierno acostumbrado al intercambio en condiciones escandalosamente ventajosas, ahora la libre navegación y el comercio, de acuerdo a la oferta y demanda, origen de tantas guerras, de pérdidas humanas y económicas, les parecía que no debía de ser ni tan libre ni tan competitiva.

Las medidas que beneficiaban a los comerciantes norteamericanos, garantizadas en el Tratado de Navegación y Libre Comercio suscrito entre Inglaterra y el naciente Estado en 1783, fueron derogadas cinco años después.[7]

Los ingleses necesitaban dominar la ruta de los vientos de Tierra Firme, para acceder a los mercados de Cumaná, Caracas, Puerto Cabello, Maracaibo, Cartagena y Nicaragua, y penetrar al corazón de Venezuela: Barinas y Angostura: La isla de Trinidad brindaba esas condiciones. Por otra parte, las islas francesas de San Vicente, Grenada y Santa Lucía, debían ser vigiladas y controladas, sobre todo en el flujo de alimentos que salían desde Cumaná y desde el río Guarapiche. Tres fragatas y unos mil hombres era la fuerza estimada para concretar estas ideas.[8] Necesitaron mucho más que eso.

Parte de la estrategia inglesa preveía  el control  del río Orinoco. Sabían que el estado de defensa de los castillos que lo guarnecían a la altura de isla de Fajardo era débil. Además, contaban con el apoyo de algunos propietarios españoles, y cándidamente, de una parte de la población empobrecida, que a su juicio, les verían como sus salvadores.[9]

Pero nuevos factores vienen a determinar el ánimo del gobierno inglés para concretar sus ideas. Por un lado, la creciente ascensión de Napoleón, de quien pensaban erradamente, que tenía especial interés sobre América. El pueblo estadounidense simpatizaba con el nuevo orden francés. La solución más práctica: la conquista de Trinidad y el incentivo a particulares para la rebelión de las colonias españolas.[10]

Francisco de Miranda fue una pieza más en el escenario mundial. El escenario de mayor violencia de la Revolución Francesa, se había trasladado a las islas del Caribe, un escenario, en el que los conflictos ideológicos y racistas superaban la capacidad militar regular para enfrentarlos.

De tal manera que el gobierno inglés se propuso alentar a Miranda para Invadir Venezuela desde Cumaná y Maracaibo. Fomentar el nacimiento de una pequeña nación que llegaría hasta la margen izquierda del Orinoco, porque en una operación independiente, los ingleses conquistarían Angostura, Toda una labor patriótica y altruista de nuestros mentores.[11]

 No one will doubt that is better for us, that South America should be under the government of Miranda than  of Bonaparte, but it is equally certain that by the interference of Britain, on liberal principle of conciliation, the same object would be obtained  with much more certainly.[12]

Conquistada Angostura, presionarían a Miranda a negociar un acuerdo de libre comercio, lo que es lo mismo, el ingreso de manufacturas inglesas a cambio de productos agrícolas y mineros.

Se estimaban  unos  quince mil hombres en lanchas cañoneras para concretar la toma de Angostura. Los estudios de las mareas y sitios de desembarco en el río Orinoco fueron hechos con anterioridad.

En  coordinación con el movimiento operacional sobre el Orinoco, atacarían posiblemente Chile, con cuatro mil hombres y una respetable fuerza naval, y Cartagena de Indias con otros diez mil.[13]

La falta de tropas, fue la limitante para que todo aquello no se concretaran. 

Los ingleses fueron más allá. Conquistados los territorios holandeses del Demerara, Berbice y Esequibo, repartieron tierras cerca de Barima, lugar que no estaba en disputa territorial. 

El poder obtenido sin mayores méritos por dádiva del destino, generalmente vuelve soberbio y peligroso a quien lo ostenta, especialmente en los asuntos de Estado. Manuel Godoy no tomó medida alguna para contrarrestar los planes en marcha.[14] 



Trinidad inglesa

La escuadra del almirante Harvey se presentó frente a la rada de Puerto España en la madrugada del 16  de febrero de 1797.[15] El general Ralph Abercromby desembarcó seis mil setecientos noventas hombres: seis regimientos de infantería, dos regimientos alemanes, un cuerpo de cazadores de negros y un bien dotado cuerpo de Artillería.

Con trescientos infantes y milicias que al primer tiro huyeron al bosque, y los buques españoles echados a pique por decisión propia el gobernador de Trinidad, José María Chacón firmó la capitulación. [16] Se perdía para siempre una parte importante de Venezuela.

Con la fundación de la estación naval británica en Río de Janeiro en 1808, se creaba un triangulo estratégico entre ésta, Jamaica y Trinidad que cercaba las bocas del Orinoco.[17] San José de Trinidad fue declarado puerto libre poco después de su conquista .[18]

Los juicios de valor sobre hechos históricos, no son deseables en escritos con rigurosidad académica. Pero, el sentimiento que existe en la sicología del venezolano, es de una  sensación de despojo y susceptibilidad ante los problemas del territorio, no es casual ni producto de lo mediático, existen elementos reales, que merecen mayores análisis.[19]

Isla de Patos y la roca del Soldado

Las desgracias de la naciente República no terminaron con la separación de la Gran Colombia. La ayuda inglesa a la emancipación latinoamericana vino con veneno. No fue filantrópica, menos gratuita. Confirmada la posesión de Trinidad por la Paz de Amiens, las miras apuntaron hacia Orinoco y Guayana, y al control de las costas de Paria.

La isla de Patos se encuentra a 2,3 millas de la costa de Paria. Inglaterra comenzó a reclamarla como suya sin dar mayores explicaciones.

Incidentes e instrumentos jurídicos de las partes

El gobierno venezolano declaró la isla como parte del territorio, mediante el Decreto del 30 de mayo de 1855. El acto jurídico no fue reconocido por Inglaterra.

El apresamiento de un mercante inglés por una cañonera venezolana en aquella jurisdicción, fue protestado  cuatro años después.

La esencia del problema radicó en que el antiguo gobernador de la Trinidad española había concedido al Cabildo, la isla de Patos, con lo cual, se presumía que formaba parte de la gobernación.

El gobernador de Trinidad  comunicó tal antecedente al ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela, el 28 de mayo de 1859.

El gobierno venezolano no encontró algún instrumento diplomático indiano del siglo XVIII o anterior que confirmara la teoría inglesa. Por ello, se valió de testigos de la época. Sustanciadas las declaraciones, llegó a la conclusión de que Inglaterra comenzó a pretender la isla a partir de 1859.

El Archivero de Indias (España) fue consultado. Confirmó la tesis venezolana en 1872. Negó la existencia de algún acto regio de cesión al Cabildo de Trinidad. Sólo encontró una toma de razón sobre la concesión local de las islas de Patos, Huevos y Mono del 24 de noviembre de 1783. Había sido un acuerdo entre los Cabildos cumaneses y trinitarios de eficacia transitoria, carente de real confirmación.

La cesión de la isla no fue incluida en el acta de rendición de la isla en 1797. Por su parte, en el artículo 4° de la Paz de Amiens (27 de marzo de 1802), se establecía la cesión de Trinidad, sin mencionar otros territorios. En el Tratado de Paz y Amistad celebrado entre Venezuela y España el 30 de marzo de 1845, en su artículo 2°, España renunciaba a las provincias de la antigua Capitanía General, y expresamente incluyó sus islas. La isla de Patos correspondía a la antigua Provincia de Andalucía. Como puede observarse, dos instrumentos internacionales, pesaban sobre la arbitraria pretensión inglesa.

A pesar de los justos títulos, Gran Bretaña jamás respetó acuerdo o instrumento legal que no fueran sus propios intereses.

De una ingeniosa manera, Venezuela comprobó la pertenencia de la isla. Los duelos en Trinidad estaban prohibidos bajo pena de muerte. Isla de Patos servía para tales fines por su carácter extraterritorial, una característica reconocida por las autoridades locales inglesas.

Los incidentes por apresamientos de las autoridades venezolanas, y los correspondientes reclamos diplomáticos continuaron entre 1860 y 1872.

Entre dimes y diretes, el gobierno trinitario otorgó en concesión la isla de Patos a un súbdito británico en 1867, motivo de una enérgica protesta.

El gobierno venezolano insistió en el indiscutible hecho de que no existía documento alguno, ni prueba prima facie que le permitiera al gobierno británico posesionarse de la isla.

Según los postulados comunes del criterio del derecho internacional del siglo XVIII, los denominados lugares incultos o desiertos, como las islas, podían ser poseídos sin hacer uso de ellos. Unos de los autores más conocidos, como Vattel, aconsejaba el deslinde perfecto de los  territorios para evitar los problemas que en tal sentido había dejado el Tratado de Utrecht.[20] 

El caraqueño Félix Abreu y Bertodano, en su Tratado Jurídico Político sobre pressas de mar y calidades que deben concurrir para hacerse legítimamente el corso, asignaba tanto al puerto como a la costa, una distancia cien millas como mar territorial. Las islas adyacentes estaban sujetas al gobierno del pueblo al que estaban adheridos. Por ejemplo, un ciudadano que guardaba la sentencia de  reino por cárcel, no  transgredía la pena si se mantenía en el mar adyacente al mismo.[21]

El principio canónico de Ius ad rem, fue aplicado a las islas venezolanas. Señalaba el Consejo de Indias, que no obstante estar deshabitadas, pertenecían al Estado, por la cercanía al país ribereño: Persistía el dominio y posesión de aquellos terrenos tan legítimamente adquiridos por su Majestad.[22]

Nuestra Cancillería fue coherente en este  particular. Preparado debidamente el expediente, Venezuela removió de nuevo el asunto y pasó a la ofensiva  mediante una nota del 14 de noviembre de 1876, con copia para la Legación norteamericana. Solicitó al gobierno inglés que reconociera la soberanía venezolana sobre el territorio en disputa, sino, que fuera sometida a arbitraje.

El gobierno británico no respondió. De forma extraoficial pudo saberse su posición tres años después: el manido recurso de prescripción, y el dúctil tiempo para hacerlo efectivo, en este caso, de sesenta y dos años. Para el territorio esequibo, en cambio, había impuesto cincuenta años.

La Cancillería venezolana fue contundente. No admitía la prescripción como título de adquisición de territorio, salvo en caso de verificarse por tiempo inmemorial.

Las notas diplomáticas del gobierno inglés de 1882 y 1883 por nuevos incidentes y concesiones, habían dejado a un lado la cortesía de estilo. Eran amenazantes y  sin mayores argumentos de los que concede la fuerza de la armas.

Siglo XX

Venezuela había recibido una de las mayores humillaciones de mano de Gran Bretaña con la sentencia del 3 de octubre de 1899,  bajo la indiferencia general de la comunidad internacional. El sentimiento anti-británico estaba presente en el colectivo.

Un guardacostas venezolano realizó una inspección a la isla de Patos en 1901. Apresó  tanto a venezolanos como a ingleses. Como la inquina se había cebado contra un incómodo Cipriano Castro, Inglaterra se negaba a discutir sobre la posesión de la isla.

El cónsul de Venezuela en Trinidad informaba en 1902 sobre la orden del gobierno inglés de colocar una bandera en la isla, motivo de protestas, que los británicos pasaron por alto.

Venezuela envió copias de la nota de protesta a todas las Legaciones diplomáticas acreditadas en Caracas, pero  el bloqueo de diciembre de aquel año estaba en marcha.

¿ Cuál era el interés del gobierno inglés en una isla tan diminuta?

1.      Un arma de negociación para una delimitación satisfactoria en la Guayana Británica.

2.      La supresión del 30%  de impuesto adicional  con que eran recargadas las mercancías provenientes de las colonias antillanas inglesas.

Inglaterra anunció estar dispuesta a ceder  la isla de Patos en 1883, a cambio de un arreglo satisfactorio en el territorio esequibo.

Guzmán Blanco se negó a tal transacción. No  admitía el término cesión, y que tal precedente nos convertía en colonia de colonias.

Otro incidente de no menor consideración se produjo en 1867,  en la denominada roca del Soldado, lugar en que el gobierno de Venezuela estaba dispuesto establecer una base de Guardacostas.

Los ingleses atentos a la pelea aunque fuera por un cubo de agua de mar, respondieron que aquella roca estaba dentro de su  mar territorial.

La respuesta del gobierno venezolano mantuvo el espíritu de las anteriores actuaciones. Manifestó que así como la legislación venezolana permitía el acceso de buques de guerra a sus mares, no veía el porqué no obtener reciprocidad, además, tales actividades no prejuzgaban derechos sobre la roca.[23]

En 1912, un guardacostas venezolano apresó un barco inglés en ese mismo lugar. Las protestas entre ambos países, terminaron favoreciendo a los ciudadanos ingleses. Fueron indemnizados.[24]

La delimitación del golfo de Paria

Las conversaciones se mantuvieron congeladas entre 1912 y 1933.

En el escenario prebélico de la Europa de los años treinta, las necesidades de suministro de petróleo se incrementaron, de manera especial en Inglaterra, que comenzó a otorgar concesiones en el oriente venezolano. Las exploraciones en el golfo de Paria, arrojaron resultados prometedores.

En consecuencia, el gobierno de Venezuela hizo algunas propuestas informales en 1933, para la delimitación en el golfo de Paria.

El trabajo fue encomendado a la Oficina de Cartografía del Ministerio de Relaciones Exteriores. El 3 de octubre de 1933, rindió su primer informe, referido exclusivamente a las aguas territoriales:

TABLA I[25]

LATITUD

LONGITUD

OBSERVACIONES

10° 43’

61 °48’

Línea recta a un punto que dista 8 km. Al oeste del islote del soldado

10° 4’ 40’’

62° 05’ 20’’

De allí a un punto intermedio entre Punta Icacos y la costa de Venezuela en marea baja

10° 01’

61° 57’

 

  

La Legación Británica en Venezuela envió al Ministerio de Relaciones Exteriores de Venezuela el 25 de agosto de 1936, un memorando, que fue el instrumento diplomático de inicio del proceso de negociación, para la delimitación del subsuelo del golfo de Paria.

El estilo de la redacción del documento refleja una intención definida: la delimitación del subsuelo o lecho submarino en alta mar. Para los efectos, ambos países debieron elaborar sus respectivas legislaciones y medidas físicas (faros, boyas, etc.). 



El gobierno británico quiso dar al acuerdo un carácter local, vale decir,  la delimitación entre una colonia y un  país soberano. Se abstuvo de definir derechos en las aguas superficiales.

Las coordenadas propuestas en este arreglo  fueron las siguientes:

Tabla II [26]

LATITUD

LONGITUD

Punto A. 10° 36’ 15’’

61° 54 ‘ 50’’

Punto B: 10° 02’  30’’

62° 05’

Línea a lo largo del paralelo 9° 57’ 30’’ en dirección oeste

61° 31’

Punto X a Punto Y donde la última intercepta los límites de las aguas territoriales de Venezuela aproximadamente en la longitud 61° 56’ 45’’.

 

                 

A pesar de que existía una corriente revisionista de las dependencias coloniales, la socarronería inglesa siguió incólume. El ministro británico en Caracas envió una nota el 31 de diciembre de 1936. Era una imposición. Se reservaban expresamente los derechos sobre la isla de Patos, porque Su Majestad no deseaba tratar el asunto de la tierras de la superficie.[27]

Es evidente la intencionalidad de darle la máxima presión posible al proceso, para obtener en tiempo preciso, un tratado que dejara las manos libres para la explotación petrolera.

Dadas las circunstancias de la Segunda Guerra Mundial, Inglaterra no tuvo más opciones que ceder. Las probabilidades de perder el conflicto eran reales. Necesitaba petróleo para el esfuerzo de guerra contra Alemania, y veleidades del destino, Venezuela, un país al que invariablemente había destrozado en su alma terrígena, era el seguro proveedor de lo que con tanta urgencia necesitaba.

Sometida a consideración del Consejo de Ministros la nota británica, fue aprobada el 19 de febrero de 1937. Venezuela manifestó el deseo de negociar, pero con la reserva expresa de los derechos venezolanos en isla de Patos.[28]

Por otra parte, las circunstancias de la guerra aumentaron las susceptibilidades. Alemania mantenía  excelentes relaciones con Venezuela. El crucero alemán Emden visitó a Trinidad  en 1933, luego, en mar abierto, realizó prácticas de tiro.

El crucero alemán Schlesien  hizo igual práctica fuera del mar territorial de Trinidad en diciembre de 1938. El canciller venezolano protestó la acción del crucero. El jefe de la Legación alemana en Venezuela contestó:

A Alemania le es desconocido que Venezuela  reclama la parte septentrional del golfo de Paria como aguas de su dominio, y tampoco le consta a Alemania que tal reclamación hubiera sido presentada o reconocida con virtud internacional.

Alemania no protestó esta nueva situación, pero nada indicaba que Venezuela hubiera cambiado el estatus del golfo de Paria.[29]

El gobierno norteamericano estaba al tanto de estos incidentes, así como del plan de delimitación. El Presidente Roosevelt, por boca de su subsecretario de Estado, consideraba el golfo de Paria de inmenso valor estratégico, y le preocupaba sobre manera de que Inglaterra, pudiera unilateralmente cerrar la navegación por ese espacio.[30]

En un radiograma cifrado, remitido por el ministro plenipotenciario de Venezuela en Estados Unidos, se hacía ver este hecho, y la sugerencia del subsecretario Summer Welles, de que el futuro tratado, hiciera referencia explícita a que la delimitación no afectaría los derechos de navegación de terceros países.[31]

Como sabemos, este tipo de delimitación era la primera en su género, y los procesos, prácticas de los Estados y otras referencias eran casi inexistentes, sólo Portugal había hablado de este asunto en 1930.  Así que, se interpretaba, que la delimitación del lecho submarino, abarcaba la superficie en esa misma proporción con las respectivas restricciones.

El gobierno británico flexibilizó su posición en sendas comunicaciones del 21 de diciembre de 1938 y del 9 de febrero de 1939. Ofreció reconocer la isla de Patos como venezolana, con la condición de que no fuera cedida a terceros ni pudiera ser fortificada.

Paralelamente, el gobierno venezolano organizó comisiones técnicas multidisciplinarias, para que, desde diferentes perspectivas, llegaran a la solución más adecuada. Estas comisiones destacaron por su preparación, lo que permitió enfrentar con la debida preparación, las reuniones  celebradas con los británicos a mediados de 1939.

Formaron parte de la comisión técnica para la delimitación del subsuelo del golfo de Paria, el inspector general de Marina, capitán de fragata Antonio Picardi; José María Font y Eduardo Calcaño, del Ministerio de Relaciones Exteriores; Rafael Díaz Fermín, del Ministerio de Hacienda; Rafael Pizani, del Ministerio de Fomento; y el Dr. Pedro Agerrevere, del Ministerio de Obras Publicas.[32]

Sobre la propuesta británica, los expertos venezolanos observaron lo siguiente:

1.      La prevención de Venezuela sobre cuánto petróleo de los yacimientos ubicados en el sector izquierdo de la línea de demarcación, pudieran drenarse hacia los pozos británicos. La Inspectoría Técnica de Hidrocarburos, señalaba que no existía una regla confiable para determinar este problema. Citó algunos ejemplos, como el pozo Ranger de Texas, que drenaba una superficie de diecisiete hectáreas porque la calidad de la superficie impregnada de petróleo, era calcárea, y de gran porosidad. En el caso de otros pozos, donde la superficie de impregnación era arenosa, el área de drenaje alcanzaba las cuatro hectáreas.[33]

2.      En el golfo de Paria, se encontraba el campo de Pedernales, de arena muy fina, y al que le calculaban un radio de drenaje de unos ciento veinticinco metros, por lo que su influencia era muy escasa, tal vez ocho hectáreas. Los pozos Amacuro I y Amacuro II, tenían muy poca influencia en el asunto. Quedaba despejado uno de los problemas más importantes para Venezuela.[34]

3.      El Servicio Técnico de Minería y Geología de la Dirección del Gabinete, opinaba que la estructura geológica de Paria y Trinidad tenían un mismo origen, sus potencialidades petroleras eran altas, y su explotación dependería de la profundidad y dificultades técnicas.[35]

4.      El otro problema de envergadura, era la propiedad del farallón El Soldado e isla de Patos. La Oficina de Fronteras del Ministerio, emitió un memorando de fecha 22 de septiembre de 1936, que fue considerada en las reuniones de 1939. Señaló que en cualquiera de las dos proposiciones de líneas divisorias propuestas por los ingleses, o bien el farallón, o bien las islas, pasarían a sus manos, algo desde el punto de vista jurídico, totalmente injustificado. Se propuso correr la línea más al este.[36]

5.      La Oficina de Fronteras expresaba, al igual que el Ministerio de Fomento, el temor de que Inglaterra hiciera apropiaciones unilaterales, por lo que sugirió negociar, y hacer convenios conjuntos de explotación en alta mar.[37] 

Las Comisiones Venezolana – Británica se reunieron en Trinidad en abril de 1939. Trataron tres aspectos fundamentales: geológicos, petroleros y generales. De estas reuniones, el jefe de la delegación venezolana expresó la seguridad de que Inglaterra iniciaría de manera unilateral las perforaciones, por el temor de que otras potencias se adelantaran, en consecuencia, aconsejaba amarrar este asunto lo más pronto posible.[38]

Finalmente, la comisión técnica venezolana aprobó que el memorando de Cancillería sobre la propuesta venezolana de delimitación se circunscribiera al suelo y subsuelo, y no a la situación jurídica de la superficie.

Quedaba  por determinar si el espacio comprendido entre las riberas del golfo era mar libre o cerrado, el respeto a la libre navegación, y que la isla de Patos fuera reconocida como venezolana, finalmente, que la línea de división pasara por la mitad del farallón del Soldado y terminara en el límite de las aguas territoriales venezolanas.[39]

El memorando, modificaba la propuesta británica del 31 de diciembre de 1938, y del 9 de febrero de 1939, donde la línea pasaba a una legua al sur de isla de Patos, desde su misma medianía.

Un año después, la Cancillería venezolana elaboró una solución  alternativa. Lo que entendió el canciller venezolano era que la propuesta de Inglaterra del 9 de febrero de 1939, no se haría mediante un Tratado, sino por medio de instrumentos diplomáticos menos formales, como una Orden del Consejo de Su Majestad, informando a la comunidad internacional, que tal medida, no prejuzga, derechos de navegación de terceros sobre la superficie, un acto unilateral, con nula participación venezolana.

El gobierno inglés reiteró su disposición a  cederla  en su oportunidad,  mejorada las condiciones de la guerra, siempre y cuando concurrieran las siguientes circunstancias:

1.      Que Venezuela reconociera la soberanía británica sobre el farallón el Soldado.

2.      Que se comprometiera a no disponer  de la isla de Patos a favor de terceros, ni fortificarla.

3.      Un arreglo para uso común de la pesca alrededor de la isla por trinitarios y venezolanos.

4.      Eliminación del impuesto adicional sobre las mercancías provenientes de la Antillas inglesas.[40]

El Canciller Gil Borges respondió punto por punto, de la siguiente forma:

1.      Los términos del acuerdo no debían extenderse a los espacios terrestres ubicados en la superficie, tal como estaba determinado por los memorandos del 25 y 31 de agosto de 1936, enviados por la Legación Británica, salvo la isla de Patos, por su cercanía a las costas de Venezuela (2,33 millas).

2.       La Constitución Nacional prohíbe la enajenación, cesión o arrendamiento de cualquier parte del Territorio Nacional.

3.      El gobierno venezolano no tenía el propósito de fortificar la isla, más no cree prudente renunciar a tomar medidas de seguridad en caso de agresión, cumpliendo con la cortesía de informar a las autoridades trinitarias.

4.      Creyó poco práctico permitir la pesca común en las aguas adyacentes a la isla, por estar dentro de las aguas territoriales de Venezuela. Tal arreglo no sería conforme a justicia y sería una fuente de eternos problemas entre los pescadores de ambas nacionalidades.

5.      Era oportuno reservar el asunto del 30% adicional de impuestos para un acuerdo comercial, por no ser vinculante.[41]


El Tratado

Isla de Patos fue un tema importante en la agenda de cancilleres de la talla de Caracciolo Parra Pérez y Pedro Itriago Chacín; pero le correspondió al Dr. Estaban Gil Borges concretarlo.

El presidente Eleazar López Contreras anunció al Congreso el 19 de abril de 1941, que Inglaterra y Venezuela habían llegado a un acuerdo sobre la delimitación del golfo de Paria, y que isla de Patos era reconocida como territorio venezolano.

El Tratado se firmó en Caracas, el 16 de febrero de 1942, siendo ratificado por el Congreso el 15 de junio de ese año.  La isla fue entregada el 20 de septiembre, recibida por el canciller Caracciolo Parra Pérez y el por el ministro de guerra y marina, Juan de Dios Célis Paredes[42].

En su artículo 3° el tratado especifica, las coordenadas definitivas de delimitación:

Las líneas A-B, B-Y y Y-X, mencionadas en el presente artículo, está trazadas en el mapa anexo y se definen como sigue: La línea A-B parte del punto A que es la intersección del meridiano central de la isla de Patos con el límite de las aguas territoriales de dichas isla al sur de ella, y cuyas coordenadas aproximadas son 10° 34’ 54.736’’ de latitud norte; 61° 51´54.656’’ de longitud oeste. De allí la línea va rectamente al punto B que está situado en el límite de las aguas territoriales de Venezuela, en el punto de su intersección con el meridiano de 62° 05´08’’ oeste y cuya latitud aproximada  es de los 10° 02’ 24’’.”

La línea B-Y parte del punto B ya establecido y sigue por el límite de las aguas territoriales de Venezuela hasta el punto Y donde dicho límite corta el paralelo 9°57’ 30’’ de latitud norte y cuya longitud aproximada es de 61° 56’ 56’’ oeste.

La línea Y-X parte del punto Y ya establecido y sigue por el referido paralelo de 9° 57’ 30’’ norte hasta el punto X situado en el meridiano de 61° 30’ 00’’ oeste[43].

Los problemas no terminaron, en razón de las dificultades planteadas por las comisiones demarcadoras,  y la interpretación que Gran Bretaña daba a la Ley Venezolana de Mar Territorial y áreas Marinas y Submarinas de 1956, pero, es innegable que el proceso de delimitación del golfo de Paria es un ejemplo de continuidad, coherencia y preparación, con resultados satisfactorios para nuestro país, en un asunto tan delicado y doloroso como ha sido las negociaciones de límites.

Si prestamos atención a la manera cómo Inglaterra negoció la posesión de la isla de Patos, utilizando como una de la armas de negociación, la Guayana Esequiba, y lo comparamos con la actualidad, encontramos el espíritu del mismo esquema de negociación para la obtención de petróleo y otros recursos, considerados indispensables en una actividad industrial depredadora.

Nuevos actores suponen una diversidad de esquemas, pero no es así, y esto se demuestra en el hecho de la presión que se ejerce por la salida al Atlántico, cuando el verdadero objetivo es el espacio terrestre arrancado a Venezuela en 1899.



[1]AGI. Caracas, 30. Real Cédula del 8 de septiembre de 1777.  

[2] AGI. Caracas, 150. El gobernador de Trinidad al Consejo de Indias, 1778.

[3] Alejandro Del Cantillo, Tratados, convenios y declaraciones del paz y de comercio que han hecho con las potencias extranjeras los monarcas españoles de la casa de Borbón desde el año de 1700 hasta el día, Madrid, Imprenta de Alegría y Charlain, pp. 574 – 584 y 586 – 590.

[4] AGI. Ultramar, 816. Real cédula del 24 de noviembre de 1783

[5] Jesse A. Noel,  Trinidad, Provincia de Venezuela, Caracas, Italgráfica, 1972, pp. 161 – 163.

[6] Héctor García Chuecos, Hacienda colonial venezolana, Contadores mayores e intendentes de Ejército y Real Hacienda, Caracas, Editorial Crisol, 1946, p. 24.  Noel,  Trinidad, Provincia de Venezuela..., p. 228 –229.

[7] British Library ( en adelante B.L). Additional Papers, 38352. Objects to admitted the ships of the United States into the port of own islands in the West Indies,  ff. 381-392. Pedro Pérez Herrero,  Comercio y mercados en América Latina colonial, Madrid, MAPFRE, 1992, p. 273. 

[8] BL.  Add. 36806. Luis Fliskale, Some observations on the probability of success in case an attack should be made on the island of  Trinidad, Santa Fe, Cumaná, Caracas, Nicaragua, Honduras and Guatemala, 1782.

[9] BL. Additional Papers, 36806. Luis Fliskale, Some observations on the probability of success in case an attack should be made on the island of  Trinidad, Santa Fe, Cumana, Caracas,  Nicaragua, Honduras and Guatemala, November, 16 of 1782, ff. 161 – 178.

[10] Unos de ellos, llamado Mr. Pent,  esperaba  que “todas sus inversiones las recuperará una vez Santa Fe se Subleve”. AGI. Caracas, 96. El gobernador de Venezuela al virrey de Santa Fe, 22 de marzo de1800.

[11] British Library. Additional Papers, 3885. Mr. Suliver, planes para enviar una fuerza a Portugal, 1806, ff. 170–182. BL. Additional Papers, 37884. Lord Selkirk Windham, Observations on the propose expedition against Spanish America, June, 7 of 1806, ff. 9-24

[12] BL. Additional Papers, 37884. Lord Selkirk Windham, Observations on the propose expedition against Spanish America, June, 7 of 1806, f. 22.

[13] BL. Additional Papers, 3885. Mr. Suliver, planes para enviar una fuerza a Portugal, 1806, ff. 170 – 182.  BL. Additional Papers, 37884. Lord Selkirk Windham, Observations on the propose expedition against Spanish America, June, 7 of 1806, ff. 9-24. BL. Additional Papers, 883, Observaciones acerca del río Orinoco, posiblemente 1801, f. 268.

BL. Additional Papers, 37884. To general Carwfurd, Downing Street, October, 30 of 1806, f. 220.

[14]Vid. tomo II para ampliar la información.

[15] William Laird Clowes, The Royal Navy, London, Chatam Publishing, 1997, V. IV, p. 333. Juan Manuel Zapatero, La Guerra en el Caribe en el siglo XVIII, San Juan de Puerto Rico, Instituto de Cultura Puertorriqueña, 1964, pp. 422-423.  Ocupación de la isla de Trinidad, formato en disco compacto,  Armada de Venezuela y Archivo General de la Nación, Caracas, AGN - Armada, 2002.  Relación de las tropas y buques que ocuparon la isla de trinidad en 1797 al mando de Ralph Abercromby, general en jefe de los Ejércitos de su majestad británica, y coordinadas por los buques al mando del almirante Henry Harvey, f. 008, criterio de búsqueda: Harvey. AGI. Caracas, 508. El intendente a Don Diego Gardoqui, 14 de marzo de 1797.

[16] Un tercio de las tropas enviadas desde España y de las dotaciones de la escuadra de Apodaca había perecido meses antes por efectos de la fiebre amarilla. Ocupación de la isla de Trinidad, 1797,.....  Don José María Chacón al gobernador de Venezuela, 27 de febrero de 1797. Criterio de búsqueda: Chacón. “Cláusulas de capitulación que constan de diez y nueve (19) artículos para la entrega de la isla de Trinidad suscrito, por José María Chacón, comandante y gobernador general de la isla de trinidad y el general en jefe de los ejércitos británicos Ralph Abercromby, y Henry Harvey almirante de las fuerzas navales británicas,  18 de febrero de1797, ff. 9 – 10v” en Ocupación de la isla de Trinidad, 1797,..... Criterio de búsqueda: Harvey.

[17] The Navy and South America, 1807 – 1823, Ed. Gerald S. Graham and R.A. Humphreys, London, Navy Record Society, 1962, pp. XXIV-XXV.

[18] Thompson, The Geographical and….,V.V, pp. 306–307.

[19]Vid. tomo II para ampliar la información.

[20] Vattel,  El Derecho de gentes.., pp.  94 – 102.

[21] Félix José de Abreu y Bertodano,   Tratado Jurídico Político sobre pressas de mar y calidades que deben concurrir para hacerse legítimamente el Corso, Madrid, Imprenta real, 1746, capítulo V, pp. 68 –71.

[22] The British Library, Manuscripts, Add. 36349. Expediente suscitado por el ministro de Holanda sobre querer..., f. 261.

[23] Archivo de la Dirección General Sectorial de Fonteras del Ministerio de Relaciones Exteriores (AGDGSLAF), 4.1.45. Borrador de trabajo del Canciller Gil Borges, posiblemente de 1936.

[24] Ídem.

[25] AGDGSLAF, 9.1.24. Oficina de Cartografía del Ministerio de Relaciones Exteriores, 3 de octubre de 1933.

[26]AGDGSLAF, 9.1.24.  De la Legación Británica en Caracas, al Ministerio de Relaciones Exteriores, “Aidé Memoire”, 25 de agosto de 1936.

[27] AGDGSLAF, 9.1.24.  De la Legación Británica en Caracas, al Ministerio de Relaciones Exteriores, 31 de diciembre de 1936.

[28] AGDGSLAF, 9.1.24. Proyecto de nota aprobado en Consejo de Ministros, del 19 de febrero de 1937.

[29] AGDGSLAF, 9.1.24.  De la Legación alemana  en Caracas, al Ministerio de Relaciones Exteriores, 31 de diciembre de 1938.

[30] AGDGSLAF, 9.1.24.  El Ministro Plenipotenciario de Venezuela en Estados Unidos al Canciller de Venezuela, radiograma cifrado, 23 de enero de 1939.

[31] AGDGSLAF, 9.1.24.  El Ministro Plenipotenciario de Venezuela en Estados Unidos al Canciller de Venezuela, radiograma cifrado, 5  de enero de 1939.

[32] AGDGSLAF, 9.1.24.  Acta del 9 de febrero de 1939, en la Casa Amarilla.

[33] AGDGSLAF, 9.1.24.  El Inspector Técnico General de Hidrocarburos, Dr. Luis Herrera F. , al Canciller, 2 de febrero de 1939.

[34] Idem.

[35] AGDGSLAF, 9.1.24.  El Servicio Técnico de Minería y Geología de las Dirección del  Gabinete, 31 de diciembre de 1938.

[36] AGDGSLAF, 9.1.24. La Oficina de Fronteras del Ministerio de Relaciones Exteriores, 22 de septiembre de 1939.

[37] Ídem.

[38] AGDGSLAF, 9.1.24. El Ministro de Fomento al Canciller, 16 de mayo de 1939.

[39] AGDGSLAF, 9.1.24. Memorando de propuesta de delimitación, elaborado por la Chancillería de Venezuela, 9 de febrero de 1939.

[40] AGDGSLAF, 9.1.24. El Ministro de la Legación Británica en Venezuela al Canciller de Venezuela, 22 de enero de 1940.

[41]AGDGSLAF, 9.1.24. El  Canciller de Venezuela al Ministro de la Legación Británica en Venezuela, 2 de febrero de 1940.

[42]AGDGSLAF, 1.20.3. Tratado con Gran Bretaña sobre las Áreas Submarinas del golfo de Paria, del 26 de febrero de 1942. Firman, por Venezuela, Caracciolo Parra Pérez, por Gran Bretaña, D. St. Clair Gainer.

[43] Ídem.

jueves, 2 de diciembre de 2021

APROXIMACIÓN AL PENSAMIENTO POLÍTICO DE ANDRÉS BELLO

 


[1]

El inicio del siglo XIX fue traumático para europeos e iberoamericanos desde el mismo momento que Napoleón Bonaparte intentó imponer un nuevo orden en el espacio geográfico que devendría en Occidente. La actitud frente a ese intento bonapartista fue dispar en dos autores contemporáneos: Georg F. Hegel y Andrés Bello. El primero, influido por el pensamiento de Heráclito y Benedicto de Spinoza, vivió los avatares de las guerras napoleónicas desde Jena, pasando por la conferencia de Viena hasta la revolución francesa de 1830, es decir, en un esfuerzo por superar el pensamiento kantiano propuso un nuevo logos que sirvió para construir una filosofía de la historia en la Fenomenología del Espíritu basada en el esfuerzo de la humanidad por superar una situación determinada en un contexto signado por la gran intensidad de los antagonismos en Europa entre 1806 y 1815 y la posterior restauración europea donde mostró un conservadurismo expresado en su actitud frente a ese proceso que cargó hasta el final de sus días en momentos en que pudo constatar la consistencia de sus postulados.

El segundo formado en el pensamiento tomista y escotista[2], leibniziano, el naturalismo de Alejandro de Humboldt y después familiarizado, en primer lugar, con la Escuela Escocesa y la filosofía del sentido común de Thomas Reid y Dugald Stewart hasta el eclecticismo de Víctor Cousin a través del cual conoció la filosofía kantiana[3] y, en segundo lugar, con el pensamiento de James Mill, Jeremy Bentham, John Locke, David Hume, George Berkeley y la escuela de los ideólogos franceses, en especial Destutt de Tracy. Todas estas fuentes han permitido afirmar que Andrés Bello asumió una postura ecléctica que en muchos casos fue interpretada como conservatista en virtud de su experiencia como funcionario público de la Capitanía General de Venezuela y como diplomático en el proceso independentista venezolano y, en general, hispanoamericano[4].

En el caso de Andrés Bello podemos decir que la estructura de poder que significó la ilustración basada en un absolutismo político y una apertura hacia el conocimiento, donde su relación con Humboldt fue significativa, hicieron de él un conservatista en las mismas condiciones que lo fue Kant en un contexto en que la turbulencia política comenzó a afectar a su tierra natal. Este conservatismo lo llevó a apoyar inicialmente los derechos de Fernando VII en los sucesos caraqueños del 19 de abril de 1810 y luego cuando Venezuela logró hacerse firme como país independiente consideró la implantación en América de un modelo de monarquía constitucional apartado del absolutismo español y, finalmente, abrazó la concepción republicana cuando se percató que la independencia de los países hispanoamericanos se estaba haciendo un hecho consumado[5].

A pesar de los avatares de este caraqueño, sus escritos en Venezuela indican que él observó que el verbo castellano requería, según Iván Jaksic, de “categorías propias de clasificación y sistematización [que permitieran] tanto la innovación como el reconocimiento de los aportes lingüísticos locales”. Con ello se puede decir que desde sus inicios pensó en una visión revolucionaria de observar el mundo desde el lenguaje que tendría un gran impacto en el fortalecimiento de las repúblicas que lograron efectivamente su independencia (Jaksic, 2001:50). En ambos casos, el alemán y el venezolano asumieron una actitud cautelosa frente a las circunstancias que vivieron en ese momento histórico en las mismas condiciones en que Kant pasó del entusiasmo revolucionario a un cauto reformismo político.

La filosofía eclética que le ha sido atribuida a Andrés Bello tuvo sus orígenes en Grecia en el siglo II a.C. y supuso una síntesis de las diversas corrientes de pensamiento existentes en ese entonces. Los romanos perfeccionaron esta corriente siendo uno de sus mayores exponentes Cicerón, pero en realidad se hizo consistente con el surgimiento del pensamiento neoplatónico visto como el perfeccionamiento de la filosofía platónica a la luz de las diversas corrientes griegas y orientales existentes. Este eclecticismo se observaría en la edad media teniendo como foco el pensamiento aristotélico y lo observaremos durante la ilustración de la mano de los enciclopedistas franceses. Es por la vía de los enciclopedistas que el eclecticismo llegó a España y creemos que por esta vía llegó a Caracas. Creemos que Andrés Bello, influido por la escuela escocesa produjo después una síntesis eclética de la cosmovisión hispánica ilustrada con las cosmovisiones ilustradas de un mundo que se encontraba en plena transformación por los efectos de la revolución francesa, los procesos independentistas americanos y la revolución industrial. Esta síntesis estuvo orientada al lenguaje observado como función trascendental que “espiritualiza la materia, trocándola en signo y símbolos a través de los cuales nos habla el espíritu, y nos habla de ideas” permitiendo con ello cambiar el mundo (Beorlegui, 2004:473)[6]. En estas mismas condiciones sintéticas hispánicas y de la ilustración francesa con una orientación diferente podemos decir se ubica el pensamiento de Juan German Roscio.

Los intereses generales del pensador venezolano-chileno, en su etapa posterior chilena, fueron desarrollados en una obra filosófica que ha sido dividida en dos partes: Filosofía del Entendimiento y Filosofía Moral. Esta obra, en su totalidad fue publicada póstumamente en el año 1881. La primera de ellas, giraba en torno a las facultades y operaciones del entendimiento en el proceso del conocimiento y de las reglas lógicas para dirigir dichas facultades de modo tal que se pudiese dar cuenta de la realidad de una manera más amplia y general en relación al concepto kantiano (III,10)[7] y, la segunda, conducía al tratamiento de problemas relacionados con la ética y la psicología moral. Además de ello, su reflexión filosófica también abordó temas religiosos, culturales, de derecho, política y educación en un contexto donde las jóvenes republicas americanas tenían como propósito fundamental implantar un orden político moderno estable e inculcar la formación republicana de los pueblos que acobijaba en su seno para superar sus vulnerabilidades. Pero su vivencia chilena fue la tercera y última etapa de su vida intelectual: la primera la desarrolló en Caracas y la segunda en Londres desempeñando en todas estas un conjunto de actividades que van de lo diplomático al escritor y filósofo práctico. Por ello vamos a examinar esos tres momentos, es decir, como investigador pro-monárquico, como diplomático y agente publico en el campo de las relaciones internacionales, y, finalmente como filósofo practico en el mundo chileno e hispanoamericano.

Como investigador pro monárquico

En su etapa caraqueña Andrés Bello quedó negativamente impresionado con la trágica secuela de caos, violencia y muerte que produjo el proceso revolucionario en Haití a través del conocimiento de la experiencia de los refugiados como luego experimentará la región durante el proceso independentista. Por ello, nunca logró ver en la revolución un medio adecuado para la causa republicana en Hispanoamérica y explica, de suyo, su pasión por el orden como ha indicado Jaksic. De ahí que, por una parte, se le reprochase al caraqueño su pasado de funcionario de la Corona y su defensa consiguiente de esta institución frente al agresor francés y, por la otra, que el tema monárquico fuese recurrente en sus dos primeras etapas de su vida hasta, como dijimos, que la existencia de las nuevas repúblicas americanas se hizo firme. Pero en este punto hay que aclarar que, en la fase final de la colonia, la Capitanía General de Venezuela no se caracterizaba por su pobreza, sino más bien por el crecimiento económico por la liberación del intercambio inter-colonial. En este sentido, Andrés Bello expresó en una oportunidad que muchos emprendedores terminaban solicitando auxilio a sus gobernantes cuando sus emprendimientos fracasaban, por ello se puede agregar también que no fue un liberal en materia económica a pesar de la influencia anglosajona. La pertinencia de esta aclaratoria obedece a que la causa social como motivador de un proceso revolucionario no estaba en el horizonte de la situación política venezolana e incluso tampoco estaba las causas que dieron origen a la revolución estadounidense[8].

Ya hemos indicado que Andrés Bello representó en Londres a los derechos de Fernando VII en nombre de la junta de Caracas. El renovado interés de Andrés Bello por la monarquía constitucional como modelo político para una Hispanoamérica independiente surgió por el año 1817, cuando, en primer lugar, el Libertador Simón Bolívar estableció una base firme de operaciones al sur del territorio venezolano y empezó a actuar como jefe de un orden soberano estable, en segundo lugar, cuando comenzó su proyección independentista en todo el norte de Suramérica a la par que desde el sur José de San Martín actuaba de manera semejante y, en tercer lugar, se producía en España la revolución de Riego (Jaksic, Op. Cit.:74). Fue dentro de este marco temporal que el caraqueño expresó que estaba “persuadido que [la paz en Hispanoamérica] no podrá consolidarse jamás bajo otros principios que los monárquicos” (Ibíd.:75). Podemos entender aquí que siguiendo a Montesquieu y Rousseau los grandes espacios suramericanos aconsejaban esa forma de gobierno. Esta afirmación pareció para Jaksic,

“una evaluación pragmática, puesto que la violencia que acompañó al proceso de independencia parecía confirmar tanto el rechazo de los principios republicanos como la legitimidad de la monarquía entendida en términos limitados para importantes sectores de la población” (Ibid.).

Sin embargo, el fracaso de la monarquía en México, el avance republicano en Suramérica y la declaración del gobierno británico de estar dispuesto a reconocer las nuevas republicas americanas sin importar la forma de gobierno empujaron a Andrés Bello definitivamente a las ideas republicanas.

La idea de la monarquía entraría de nuevo en el ambiente en los años finales de Colombia ‘la grande’. Andrés Bello produjo en el año 1828 una poesía titulada “canción a la disolución de Colombia” donde promovió con optimismo la unidad estatal continental. Allí expresó: “una es la senda a que la Patria os llama, / uno el intento sea, uno el caudillo”. La patria aquí era para Andrés Bello Hispanoamérica como una unidad política y el caudillo era Simón Bolívar. Esta alusión al caudillo y a la unidad hispanoamericana, considerando que en ese momento histórico Andrés Bello buscó infructuosamente mantenerse como funcionario colombiano, se caracterizó por el hecho de que la idea de la monarquía estuvo presente en diversos círculos políticos como medio para evitar la fragmentación.

Pero, cuando Andrés Bello propuso la idea de la monarquía constitucional en el periodo de la campaña que condujo al establecimiento de la constitución de Angostura en 1819 fue objeto de reprobación por parte del Libertador a pesar de que el estado de guerra le había dado poderes excepcionales que lo acercaron fácticamente a la monarquía, pero en el año 1828 las circunstancias eran diferentes. Después de vivir la inestabilidad boliviana y la colombiana que lo llevó a asumir poderes excepcionales después de la convención de Ocaña, Bolívar fue objeto de un sinfín de propuestas monárquicas que indican que esa idea, como dijimos, estaba en el convulso ambiente político de la época. Sin embargo, para ese entonces Andrés Bello era un republicano que estaba al servicio de Colombia hasta que la crisis de la deuda del país lo puso en estado de aprieto tal que fue empujado para Chile que requería de sus servicios. El libertador cuando conoció la situación de su coterráneo hizo esfuerzos para mantenerlo al servicio de Colombia, pero en el contexto de disolución del país y de pérdida de poder era difícil que lograra mantenerlo. Ahora, la expresión ‘caudillo’, según Corominas es del siglo XIV y proviene de la palabra ‘cabdiello’ y a su vez del latín ‘capitellum’ que denotaba ‘cabecilla’, diminutivo de ‘caput’, ‘capitis’ que significaba cabeza. En el Diccionario de Autoridades la palabra ‘caudillo’ denotaba al que guiaba, mandaba y regía a gente de guerra, siendo su cabeza y como tal todos obedecían y, por extensión, se llamaba también el que regía y mandaba y era cabeza de alguna compañía o gente, aunque no fuese de guerra. Con esta etimología podemos decir entonces que Andrés Bello con el poema en cuestión estaba pensando en la imagen de un ser capaz no sólo de imponer el orden a la inestabilidad creciente en Colombia, Perú y Bolivia sino también a partir de allí construir una unidad hispanoamericana. De ahí la idea del hombre fuerte, con gran concentración de poder, estuvo coincidencialmente presente en la mente de los dos venezolanos más allá de las distancias y esto puede ser observado como un concepto muy cercano al del monarca sin abrazarlo explícitamente. La pasión por el orden como expresó Jaksic estuvo presente en el venezolano-chileno quizás bajo la figura clásica romana del dictador investido con poderes excepcionales.

Con respecto a la unidad hispanoamericana Andrés Bello hizo un llamado a los hombres de Estado para la realización de una estructura de principios y un derecho comunitario internacional en Hispanoamérica. Pero este esfuerzo lo desarrollaremos en el siguiente apartado.

El diplomático y las relaciones internacionales

Hay dos momentos diplomáticos en la vida de Andrés Bello: por una parte, como representante de la junta de Caracas y como hispanoamericano defensor de las jóvenes republicas americanas y, por la otra, como encargado de las relaciones internacionales chilenas. Del primero ya hemos hecho mención de forma sucinta. Aquí podemos agregar que fue parte de una misión venezolana a Londres que quedó sin sustento por el giro independentista que se asumió en el país y la caída posterior de la república. En vista de esta situación vivió de forma precaria hasta que la independencia de los países americanos se hizo consistente. Los problemas en que él se empeñó en este contexto de precariedad fueron tres: el del reconocimiento europeo de las nuevas repúblicas trabajando para los chilenos y posteriormente los colombianos y como un formador de opinión para ayudar en ese reconocimiento. El segundo tuvo que ver con la figura clave que representó en la política internacional.

La libertad de expresión como medio para difundir el nuevo estado de cosas en Suramérica y la necesidad de reconocer dicho estado de cosas y como medio para la formación ciudadana y adecuar el estado de ideas al nuevo estado de cosas político fue el papel que Andrés Bello ejecutó en Londres para contribuir con su criterio en la causa americana. En el primer caso difundió el proceso de liberación en curso de la región en sentido amplio y buscó que los liberados estuviesen a la altura de los países que conformaban el orden internacional y al afecto promovió la difusión de obras de autores anglosajones desde una perspectiva económica y principalmente educativa. De igual forma buscó a través del idioma y la gramática la facilitación del proceso de aprehender ese estado de ideas de modo tal de hacer más factible la adecuación de las nuevas repúblicas a la nueva realidad internacional. Para ello, transmitió a los potenciales lectores hispanoamericanos, por intermedio de tres revistas en las que participó, noticias y comentarios sobre temas científicos, políticos y culturales disponibles en la capital británica, así como también los resultados de sus propias investigaciones y asuntos culturales que le parecieron indispensables para la construcción de las nuevas nacionalidades una vez se concretase la Independencia.

Del segundo, podemos decir que Andrés Bello ocupó funciones de “Oficial Mayor” en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. En este cargo publicó en el año 1832 la obra más influyente de derecho internacional en Hispanoamérica en el siglo XIX, esto es, los Principios de derecho de gentes. Según Jaksic esta obra trató de dar respuesta a dos necesidades:

·         Conocer los principios básicos de derecho internacional para las instituciones e individuos encargados de llevar la política exterior en las nuevas repúblicas, así como también dar respuesta eficaz “a temas prácticos como las demandas internacionales sobre la propiedad extranjera, y los límites de la responsabilidad del Estado en asuntos tales como la deuda externa y los actos criminales de extranjeros en territorio nacional”.

·         Fundamentar la legitimidad internacional de las nuevas repúblicas debido a que la doctrina europea no consideraba el surgimiento de nuevos estados a pesar de la experiencia neerlandesa, suiza y estadounidense. Este esfuerzo de fundamentación estuvo dirigido también a fomentar la realización de los ajustes de rigor en el emergente orden jurídico internacional (Op. Cit.)[9].

De estas dos necesidades podemos observar reminiscencia del opúsculo Sobre la Paz Perpetua de Immanuel Kant: en relación con el primer aspecto si tenemos presente los artículos preliminares para la paz perpetua entre Estados en lo concerniente a que “no debe emitirse deuda pública en relación con los asuntos de política exterior” y el potencial empleo en un estado de guerra “de asesinos, envenenadores, quebrantamiento de capitulaciones, la inducción a la traición, etc.” (1795 [2002]:46-47)[10]. En el segundo aspecto, la preocupación de Andrés Bello fue demostrar, en una relativa cercanía con Kant, la existencia de constituciones republicanas, es decir:

“aquella establecida de conformidad con los principios, 1º de la libertad de los miembros de una sociedad (en cuanto hombres), 2º de la dependencia de todos respecto a una única legislación común (en cuanto súbditos) y 3º, de conformidad con la ley de la igualdad de todos los súbditos (en cuanto ciudadanos: es la única que se deriva de la idea del contrato originario y sobre la que deben fundarse todas las normas jurídicas de un pueblo” (Ibíd.:52-53).

De aquí se sigue que el objetivo principal de Andrés Bello estuvo dirigido a dar consistencia al principio de igualdad de los Estados a través de la demostración de la existencia de constituciones republicanas indiferentemente de su sistema político y/o la manera en que hubiesen nacido o surgido, con la finalidad de colocarlas al mismo nivel que los principales estados europeos bajo la premisa de que Estado en sí mismo es estado de derecho. De acuerdo con esto señalado, el caraqueño expresó que,

“siendo los hombres naturalmente iguales, lo son también los agregados de hombres que componen la sociedad universal. La república más débil goza de los mismos derechos y está sujeta a las mismas obligaciones que el imperio más poderoso” (X, 31).

Esta afirmación se basa en el derecho de gentes y podemos decir que constituye para Kant el fundamento para la constitución de una federación de Estados. Pero en el caso de Andrés Bello como también en Francisco de Miranda[11], la existencia dentro de los nuevos estados de salvajes apegados a “la libertad sin ley, que prefieren la lucha continua a la sumisión a una fuerza legal determinable por ellos mismos” usando las palabras de Kant (Op. Cit.:58), hacía necesario salir de esa situación de vulnerabilidad para asegurar el reconocimiento. Es conveniente agregar aquí que la palabra ‘reconocimiento’ es la palabra clave para comprender la obra Los Rasgos Fundamentales de la Filosofía del Derecho (1821) de Georg F Hegel, una obra que marcó la restauración en el centro de Europa.

En este mismo orden de ideas, el venezolano-chileno desarrolló unos conceptos de soberanía e independencia ajustados y justificados de acuerdo con las necesidades continentales. En este sentido expresó que: “La independencia de la nación consiste en no recibir leyes de otra, y su soberanía en la existencia de una autoridad suprema que la dirige y representa” (X, 32). Esta conceptualización es muy similar a la realizada por Kant cuando afirmó que cada Estado sitúa su soberanía “… en no estar sometido en absoluto a ninguna fuerza legal externa…” (Kant, Op. Cit.: 59). El fundamento de esta afirmación del venezolano-chileno radicaba según él en el hecho de que “la independencia y soberanía de una nación es, a los ojos de las otras”, un hecho observable desde una autoorganización efectiva y una capacidad de defenderse; y de este hecho surgió naturalmente el derecho de relacionarse entre ellas sobre la base de la igualdad, la buena fe y la reciprocidad. Si surge, en este sentido, un estado nuevo luego de un proceso de colonización de un espacio o un país recién descubierto, o por la desmembración de un estado antiguo, a los demás estados sólo les corresponde constatar si la nueva comunidad política es efectivamente independiente y ha establecido “una autoridad que dirija a sus miembros, los represente, y se haga en cierto modo responsable de su conducta” frente al resto del concierto de naciones. Siendo así, no podían dejar de reconocer a los nuevos Estados, como miembros de la comunidad internacional (X, 36). Ahora bien, la soberanía e independencia no suponían para Andrés Bello una ruptura con las raíces culturales hispánicas, sino más bien su renovación y difusión con la finalidad de que proporcionase los valores cívicos y morales, antes de difícil acceso, debido a la restringida educación, para dar sustento a las nuevas repúblicas.

En relación con el nuevo concierto de estados hispanoamericanos Andrés Bello además de las ideas de "equilibrio de intereses y fuerzas” pensó en la unidad hispanoamericana forjada por la lengua común desde antes de la fragmentación de Colombia. Este deseo de unidad resurgiría a propósito del congreso para la Confederación de Hispanoamérica. Al efecto expresó en el año 1845 que la unidad había sido una tendencia que se había observado en Europa y no había nada de extraño que los nuevos estados siguiesen el mismo derrotero teniendo la ventaja de una lengua e identidad común respetando las nuevas estructuras jurídico-políticas. De igual forma expresó que esta unidad no sólo se refería específicamente a los gobiernos, sino a los pueblos que integraban a través de su estructura legislativa en condiciones similares a las que se pueden observar en la Metafísica de las Costumbres de Immanuel Kant de modo que fuese viable la paz perpetua y el equilibrio entre Estados tanto dentro como fuera de la unión[12]. Este congreso se realizaría desde finales del año 1847 e inicios de 1848 dentro del marco de la guerra entre México y EE.UU. y, se harían nuevos intentos en los años 1856 y 1864-1865 (2011:29)[13]. Estos esfuerzos que apoyó Andrés Bello como representante chileno, que lo colocan en una esfera conservatista vista desde un enfoque reformista, nos lleva a examinar el alcance de su praxis política hispanoamericana.

Andrés Bello como filósofo práctico

En la introducción de este estudio hicimos mención al eclecticismo de Andrés Bello. Pero este eclecticismo puede ser observado desde la perspectiva del político que estaba obligado a ejercer un efecto moderador en el ámbito ideológico, a través del lenguaje, para sumar voluntades y extender las redes de poder que garantizasen integridad y orden. Así pues, este eclecticismo se observa desde el punto de vista moral y en su concepción filosófica de la historia. 

Desde la perspectiva moral Andrés Bello escribió los Apuntes sobre la teoría de los sentimientos morales, de Mr. Jouffroy con la finalidad de “analizar las ideas morales, no sólo desde un punto de vista genealógico, sino también en su fundamento y naturaleza”[14]. A partir de esta obra que fue publicada también póstumamente, el filósofo venezolano-chileno consideró desde una perspectiva intermedia, en primer lugar, un racionalismo que imagina el origen del deber en el orden y, en segundo lugar, el utilitarismo que se centra en el placer (la felicidad) entendido como “el bien a que aspiramos por un instinto irresistible de la naturaleza humana y la utilidad que es algo correlativo a la idea de la felicidad”. Este enfoque que se basa en la idea del derecho natural es el fundamento desde donde establece un anclaje de sus principios morales (XXX, 549-550). El derecho natural será otro aspecto que diferenciará el pensamiento de Andrés Bello con el de Georg Hegel quien superó los sistemas basados en el derecho natural en Los Rasgos Fundamentales de la Filosofía del Derecho.

Según Andrés Bello la naturaleza hizo al hombre sociable y para ello benévolo, pero apoyando esta idea de benevolencia (simpatía) en un egoísmo que relaciona con el altruismo desde una perspectiva utilitaria a partir de la afectividad. La felicidad es, para él, el bien por excelencia que conduce al bien absoluto. Pero este ‘bien’ no fue entendido como ‘el bien’ sino como ‘un bien’ en sentido utilitario (Ibíd.:561) y, por ello podemos decir que, en primer lugar, “el interés bien entendido es la felicidad”. Ahora, este interés prescribe una norma que tiene un sentido eminentemente moral cuyo fundamento trascendental se encuentra en una creencia superior que podría estar ubicada en la contemplación de Dios[15]. Y, en segundo lugar, lo útil que se fundamenta en el placer entendido de manera corporal y espiritual es lo que promueve el interés, de lo que se sigue que "El verdadero bien, el bien absoluto, es el bien total, y último que resume los fines parciales de todas las criaturas posibles” (Ibíd.:572)[16]. El bien es entonces, para Andrés Bello, un principio de acción que está determinado por una voluntad acompañada de la razón. Así pues, la moral, según el filósofo venezolano-chileno, está indefectiblemente ligada a la felicidad. De forma más enfática expresó en el Discurso pronunciado en la instalación de la Universidad de Chile, lo siguiente

“… la moral (que yo no separo de la religión) es la vida misma de la sociedad, la libertad es el estímulo que da vigor sano y una actividad fecunda a las instituciones sociales. Lo que enturbie la pureza de la moral, lo que trabe el arreglado, pero libre desarrollo de las facultades individuales y colectivas de la humanidad – y digo más – lo que las ejercite infructuosamente, no debe un gobierno sabio incorporarlo en la organización del estado” (XXI, 4-5).

En la ética Andrés Bello siguió también un método empírico espiritualista que ha sido catalogado como descriptivo, permitiéndole concluir que

"Como las aspiraciones eliminadas de cada individuo encuentran resistencias insuperables en las aspiraciones ilimitadas de todos los otros, y como cada individuo es débil en comparación del conjunto, la razón no tarda en decir a cada hombre: no debes, es decir, no puedes en el interés a tu mayor felicidad posible, permitirte a ti mismo lo que, permitido a cualquier otro hombre en circunstancias semejantes, sería pernicioso a todos" (XXX: 573-574)

Aquí podemos encontrar dos cosas: en primer lugar, la reminiscencia a los imperativos categóricos kantianos y, en segundo lugar, siguiendo a Rojas Osorio que Andrés Bello “comienza con el utilitarismo y termina en el racionalismo [permitiéndole] de ese modo armoniza los dos principios. El orden que la razón propone es un concepto abstracto [al que se llega en una] lenta maduración humana” (1992:47). Nosotros encontramos aquí un punto de equilibrio que se sintetiza en una visión reformista siguiendo al efecto otra perspectiva.

Como se observa, en Andrés Bello el acceso a las verdades morales sólo puede realizarse mediante la relación recíproca de la afectividad y la razón. El ser humano, según nuestro autor, va avanzando de forma progresiva por aquellas nociones más cercanas a la experiencia, como lo son, la sensación, los sentimientos y la utilidad, hasta llegar finalmente a una noción de felicidad y orden racional que se expresa en armonía en relación con los otros seres. El bien, dentro de esta perspectiva, está presente como un sentimiento instintivo que se va desarrollando hasta llegar a la idea de una felicidad absoluta que entendemos era observada de una manera contemplativa.

Por otra parte, en Chile también publicaría los estudios realizados acerca del lenguaje en su etapa caraqueña y londinense añejados por la experiencia vivida. Su propósito, según Jaksic, fue documentar los procesos de corrupción y colapso del latín en la Europa medieval porque consideró que ese proceso tuvo consecuencias políticas (Op. Cit.:80). Andrés Bello no quería que Hispanoamérica siguiera el mismo derrotero de la Europa medieval en cuanto al idioma sino una América unida en lenguaje y en cultura porque estimó que ambos eran fuertes pilares para construir una sólida unidad política, cultural y social en el continente como ya hemos indicado. Según el autor chileno,

“su obra Gramática de la lengua castellana destinada al uso de los americanos (1847), fue de hecho preparada con vistas a proporcionar una unidad lingüística a las nuevas naciones hispanoamericanas y evitar así la fragmentación” (Ibíd.:84).

La fragmentación la entendemos aquí como un hecho generado por los desplazamientos de significados que pueden sufrir las palabras y por los cambios semánticos y estructurales que sufrió el latín a lo largo del tiempo. Esto nos coloca en el plano de la historia y de la gramática.

En relación con la historia, Andrés Bello defendió, desde un fundamento romántico, “una historia narrativa que debía contar los hechos sin mistificarlos con teorías”, es decir, él defendió una concepción de la historia observada desde una mirada romántica, preocupándose más de la Nación, entendida aquí desde una perspectiva hispanoamericana (nación de naciones), en particular que de la validez de ideas universales[17]. De ahí que Andrés Bello consideró que una

“Una filosofía de la historia debe no olvidar que por encima de los postulados que unos principios esenciales puedan erigir se encuentra la cadena continua e imprevisible de asociaciones y secuencias de sucesos únicamente observables a través de la experiencia. El historiador debe acometer con probidad y ecuanimidad sus estudios, lo que en definitiva viene a entenderse como la facultad de mantenerse fiel a los acontecimientos, sin quitarle, ni añadirle nada. La virtud del investigador radica en retratar con vivos colores el pasado, en una palabra, revivir, o si se quiere hacer inteligible lo que fue un modo de proceder ya caduco o extraño, pero que dice mucho de la naturaleza humana” (Da Silva, 2007:61-62)[18].

Para ello, en primer lugar, se apoyó parcialmente en el pensamiento de Johann Gottfried von Herder desarrollado en Ideas para una filosofía de la historia de la humanidad (1784-91). A través de esta obra, Andrés Bello consideró que Herder apoyó una filosofía de la historia basada en una investigación empírica que integraba a la naturaleza como un todo. En segundo lugar, Andrés Bello pretendió iniciar una praxis sustentada en una crítica de la historia reciente que a su vez se sustentó en su experiencia vivida como después observaremos en el Hegel de la Fenomenología del Espíritu. De acuerdo con esta filosofía de la historia el progreso era expresión de este todo que era posible mediante el lenguaje. El aspecto político que Andrés Bello omitió estuvo dado en que Herder defendió

“un concepto de nacionalidad que a su parecer surgía de comunidades orgánicas e integradas que se constituían sobre la base de la lengua y la cultura y, rechazaba, al mismo tiempo, la autoridad estatal centralizada como el motor de la organización y desarrollo de las naciones” (Jaksic, Op. Cit.:170).

La omisión deliberada se debía a que esta idea de Herder, en primer lugar, podía impedir la consolidación de Chile como república en un contexto de inestabilidad donde el gobierno era la única institución capaz de ir más allá de la existencia de intereses individuales[19] y, en segundo lugar, considerando que la inestabilidad chilena era similar en el resto de la región, podía impedir la consecución del proyecto integracionistas cuando las condiciones estuviesen dadas.

No obstante, podemos decir que Andrés Bello eclécticamente trató de reproducir las ideas europeas, pero trató de desarrollar nuevas formas de conceptualizar y pensar la realidad desde una perspectiva hispanoamericana para articular una forma de Nación y una Nación de naciones, en sentido concreto, reformada y reformadora, es decir, su planteamiento estuvo dirigido a determinar qué tipo de nación desarrollar desde una perspectiva práctica en función de la experiencia vivida. En este sentido, el objetivo de Andrés Bello fue lograr la consolidación de un orden y a partir de él hacer progresar a la Nación a través del énfasis que hizo en el lenguaje, la educación y la historia debido a que los consideraba como fundamentales para definir un concepto de ciudadanía en un sistema republicano que fuese estable. Por ello, Andrés Bello en su visión de la historia apuntó a articular una narración que, como indicamos, debían seguir una visión imparcial basada en ideas filosóficas ilustradas que sostuvieran el nuevo estado de cosas también dentro de un contexto ilustrado (Vrsalovic, 2013:38). Podemos decir, además, que su idea de la historia era de progresión lineal, en el sentido kantiano del término, y en términos de filosofía práctica, su experiencia histórica lo inclinó a asumir una prudente actitud reformista, insistimos, utilizando el lenguaje como vehículo de cambio, para evitar los excesos que había conocido y presenciado. Es decir, del mismo modo que había logrado una comprensión de la historia de alcance regional y trasatlántico a través del estudio de la lengua, Andrés Bello creyó y logró

“estructurar la nacionalidad independiente [de las nuevas repúblicas] sobre la base del cultivo y adaptación del castellano a las nuevas realidades políticas, y en cercano contacto, además, con la promoción del imperio de la ley” (Ibid.).

Todo este esfuerzo estuvo orientado a dar un fundamento republicano romano a las nuevas republicas americanas a partir del concepto de virtud siguiendo al efecto el pensamiento de Montesquieu (Jascik, Op. Cit.:157-158). Este esfuerzo creemos que no fue seguido y, por consiguiente, todavía no ha sido completado.

Corolario

Este escrito lo iniciamos presentando una comparación entre Andrés Bello y Georg W. F. Hegel debido a que el primero fue poco proclive a los cambios revolucionarios a diferencia del segundo, pero en dos momentos históricos que podemos ubicar el primero en el periodo 1815-1817 ambos coincidieron en la propuesta de monarquía constitucional. Sabemos que el venezolano-chileno no tuvo suerte en su propuesta, no así el alemán que le dio sustento filosófico a la restauración germana. En el segundo, que podemos ubicar entre los años 1828 y 1830, las ideas republicanas de Andrés Bello estaban consolidadas a pesar de las corrientes monárquicas imperantes, mientras que Hegel observó cómo se comenzó a tambalear la restauración en Europa debido al surgimiento de un nuevo germen revolucionario. De ahí la importancia que le dimos al conservatismo kantiano a lo largo del texto debido a que el republicanismo kantiano no sólo se apoyaba en la idea de orden y progreso, sino también apuntaba a dar continuidad a las ideas establecidas en Sobre la Paz Perpetua y en cierta manera en la Metafísica de las Costumbres en tanto y en cuanto oponía el republicanismo al “cosmopolitismo” generado por la revolución francesa.



[1] Andrés Bello. Obras completas. 26 tomos. Caracas: La Casa de Bello, 1981-1984. Aquí se va a indicar el tomo en números romanos y seguidamente el número de página.

[2] Ver al respecto: Juan David García Bacca citado por Omar Astorga, “Una mirada a la filosofía y sus nexos con el pensar venezolano”. Sevilla. Universidad de Sevilla. Araucaria. Revista Iberoamericana de Filosofía, Política y Humanidades, vol. 12, núm. 23, 2010, pp. 3-28. García Bacca nos mostró “no solamente la herencia escotista e ilustrada de Bello en su aplicación a los conceptos de Dios, alma, lenguaje y lógica; o en su orientación espiritualista, desde la cual hace énfasis en la autonomía del espíritu -al considerar que tenemos conciencia directa de los actos y conciencia metafórica del cuerpo-, sino también en la ingeniosa articulación que es posible advertir entre su filosofía y su consagrada gramática.

[3] Ver al respecto: Mora, D. (2018). “Andrés Bello: Gramática y Filosofía del Entendimiento, Visión Latinoamericanista”. Mérida. Universidad de los Andes. Revista Contexto Segunda etapa - Vol. 22 - Nro. 24. Pp 170-182

[4] Sobre las influencias en Andrés Bello, en esta primera etapa ver: Iván Jaksic Andrade (2001). Andrés Bello: la pasión por el orden. Santiago de Chile. Editorial Universitaria. 331 p

[5] Memoria chilena, “El pensamiento filosófico de Andrés Bello”. [Documento en línea]. Disponible: http://www.memoriachilena.gob.cl/602/w3-article-94698.html

[6] Beorlegui, Carlos. (2004). El espiritualismo positivista de Andrés Bello (La filosofía de Andrés Bello desde la perspectiva de Juan David García Bacca). San Salvador. Universidad centroamericana. Realidad: Revista de Ciencias Sociales y Humanidades No. 100, Pp 461-502

[7] Mora, D. (Op. Cit.:177).

[8] Sobre el tema de la revolución, ver al respecto: Arendt, H. (2006). Sobre la Revolución. Madrid. (T. P. Bravo). Ediciones de la Revista de Occidente. 343 p.

[9] La última obra que desarrolló Andrés Bello y que legó a la posteridad fue el Código Civil de la República de Chile. Este fue un instrumento concebido para ordena, de una manera diferente la organización y utilización de la propiedad privada. Es decir, allí se estableció un ordenamiento donde se le quitó a la costumbre la “fuerza de ley”, definiéndose, por una parte, a la ley como “una declaración de la voluntad soberana que, manifestada en la forma prescrita por la Constitución, manda, prohíbe, o permite” (XIV, 27), y, por la otra, a la libertad como “imperio de las leyes” (Ibid.).

[10] Kant, I. (1795). Sobre la Paz Perpetua. Madrid (2002). Alianza Editorial. 109 p.

[11] Ver al respecto: Blanco, E. (2019). “Francisco de Miranda: De la Construcción Teórica de una República Liberal a una praxis fallida de 200 Años”. Caracas. Documento en línea. Disponible: https://edgareblancocarrero.blogspot.com/2019/03/francisco-de-miranda-de-la-construccion.html

[12] Ver al respecto: Kant, I. (1797 [2008]). Metafísica de las Costumbres. 4° ed. (T. A. Cortina y J. Cunill). Editorial Tecnos. 374 p

[13] Andrés Bello impulso la creación de congresos permanentes para asegurar la efectividad de la estructura confederada. Ver al respecto: De la Reza, G. (2010). “La asamblea hispanoamericana de 1864–1865, último eslabón de la anfictionía”. México. Estudios de historia Moderna y Contemporánea. Nº.39 y Rojas, M. (2011). “La vigencia y trascendencia de los aportes de Andrés Bello a la identidad e integración Iberoamericana”. Cali. Universidad del Valle. Revista Poligramas 27. Pp 1-37. Documento en línea. Disponible: https://bibliotecadigital.univalle.edu.co/xmlui/handle/10893/2976

[14] Según Morales, Théodore Jouffroy consideraba que los aspectos históricos y jurídicos debían estar contenidos en lo que denominó la Ley Natural. Esta ley natural “la que concebía como el sistema de los principios morales y políticos subyacentes a los estatutos de todos los pueblos. Sólo el sentido común poseería la verdad absoluta, pero este sentido común sería más el fruto de la concurrencia de todas las facultades anímicas y de los conocimientos de distintos pensadores y naciones, que algo directamente accesible a cada individuo. Para Jouffroy, si los hombres entendieran su dependencia de la totalidad de los demás individuos que componen su especie, cesarían de combatirse unos a otros, y formarían una comunidad fraternal, encarnación del sentido común que late ocultamente en todos ellos… En cuanto a la moral, conducía según él a la metafísica, pues, aunque todos los seres vivos poseen su destino especial, que les es dado por su naturaleza, sólo el hombre cuenta con la capacidad de hacerse consciente del suyo” (2004:151). Ver al respecto: Morales, F. (2004). “La teoría de los sentimientos morales de Andrés Bello”. Anales del Seminario de Historia de la Filosofía, 21 pp 149-168

[15] Ver también: Morales (2004:163).

[16] Ver también: Rojas Osorio, C. (1992). “Tres Aspectos de la Filosofía de Andrés Bello”. Santafé de Bogotá. UNIVERSITAS PHILOSOPHICA. Pp 29-50

[17] Ver al respecto: Stefan Vrsalovic, (2013). “Andrés Bello y José Victorino Lastarria: La Apropiación Latinoamericana del Romanticismo y la Ilustración”. Santiago. Intus-Legere Filosofía, Vol. 7, Nº 1. pp. 27 – 41.

[18] Ver al respecto: Da Silva, J. (2007). “El modo de escribir historia o la importancia de los hechos en el pensamiento histórico de Andrés Bello”. Caracas. Revista Apuntes Filosóficos Nº 31. Pp 45-66

[19] Ibid.