viernes, 19 de agosto de 2011

EL CONCEPTO DE REVOLUCIÓN DE HANNAH ARENDT Y EL PROCESO QUE DIO INICIO A LA INDEPENDENCIA VENEZOLANA



 

Hannah Arendt escribió una obra titulada “Sobre la Revolución donde sugiere un modelo de explicación histórica centrado a partir de los procesos de cambios, especialmente de los cambios revolucionarios y parte para demostrar su propuesta en dos hechos históricos sucedidos a finales del siglo XVIII y se han constituido en modelos de los procesos de cambio ocurridos en el siglo XIX y XX: El primero de ellos fue la revolución estadounidense y el segundo la revolución francesa.

Estos procesos desencadenaron otros de semejante naturaleza y en la América hispánica fue en Caracas donde tuvieron su inicio. Pero a pesar de haber sido en Caracas donde se iniciaron los procesos de cambios fue  Francisco de Miranda quien los condicionó y fue una de las causas primeras de los mismos. Estas circunstancias permiten intentar explicar el proceso independentista venezolano a partir del concepto de revolución de Arendt utilizando para ello las vivencias de Miranda referido por Parra-Pérez, protagonista y testigo de todos esos eventos y también de los documentos oficiales realizados en esos momentos de la historia venezolana.

La confluencia en Caracas de las ideas que le dieron vida a la revolución estadounidense y la revolución francesa y la manera en que la entendieron y la llevaron a cabo sus principales protagonistas hacen necesario que se intente entender la idea de la revolución debido a que de acuerdo a Arendt la idea que evoca la palabra revolución no es univoca.

Esta aclaratoria es necesaria ya que el proceso venezolano se produjo en un contexto donde los factores exógenos jugaron un importante papel en el desarrollo de dichos eventos. El modelo arendtiano se caracteriza por su intencionalidad, por destacar aquellas experiencias relevantes que permiten construir la historicidad, por considerar una multiplicidad de perspectivas dentro del contexto del relato para desocultar el hecho en si y comprender, mediante un nuevo enfoque, el hecho histórico. Arendt afirmó que “el fin de la revolución es y ha siempre sido la libertad” y la libertad la entiende como “la capacidad para trascender lo que es dado y para empezar algo nuevo”.

La idea de la revolución esta asociada, según Arendt, con el cambio y presupone, en principio, una concepción lineal del tiempo, pero la idea del cambio está relacionada con la idea del origen en el sentido que el cambio puede estar referido a un retorno a un origen o una situación inicial o al establecimiento de un nuevo origen o situación inicial. La revolución americana buscó retornar a un origen, dada una situación opresiva y la revolución francesa establecer uno nuevo. Pero como en la búsqueda de los orígenes ya había unas condiciones preestablecidas, en América del norte un bienestar más o menos general y en Francia una miseria abismal, el retorno al origen para los norteamericanos fue asegurar las condiciones de bienestar que habían alcanzado y la de los franceses alcanzar la libertad y luego el bienestar siguiendo al efecto una nueva línea de universo establecida democráticamente por los propios franceses.

Partiendo de esta premisa se podría pensar que en Venezuela hubo tantos orígenes como intentos de revertir la situación a la que tuvieron que enfrentar, es decir,

·         Miranda declaró en el año 1806 lo siguiente: “… llegó el día,…, en que recobrando nuestra América su soberana independencia”. Refiriéndose a los españoles dijo: “…consiguieron… mantener su abominable sistema de administración por tres siglos consecutivos…”. Más adelante agrega: “…la recuperación de nuestros derechos como ciudadanos y de nuestra gloria nacional como americanos colombianos…”.
·         Para los protagonistas del 19ABR1810, el retorno al origen tuvo varias vertientes: 1.) la independencia que remitía a un origen, y 2.) la preservación de los derechos de Fernando VII para asegurar la paz en la Capitanía de acuerdo a los criterios que se establecieran los individuos que asumieron el rol de conductor en estos acontecimientos[1]. Esta última fue la que prevaleció. La necesidad de regresar a una situación original se topó, en ese entonces, con la oposición de Coro, Maracaibo y Guyana.
·         Para los protagonistas del Congreso Constituyente, de la evidencia que se extrae del juramento que realizaron al inicio de sus sesiones el 02MAR1811, la acción política estaba en concordancia con la necesidad de preservar los derechos de la población y los de Fernando VII[2].
·         Para los que aprobaron el Acta de Independencia la acción política estuvo dirigida a retornar a un origen, a recuperar algo que la conquista les había arrebatado. Desde el punto de vista arendtiano, este acto tenía componentes restauradores[3] muy a pesar que estos argumentos se remontaban al periodo de conquista. También es de destacar que en dicho acto se apeló a la situación de exclusión en que se encontraban los pobladores de esta región[4] con respecto a los peninsulares, con lo cual es posible afirmar que en este reclamo había: 1.-) el deseo de lograr algo nuevo, 2.-) había un supuesto estado de indignación por el hecho que las autoridades españolas hubiesen aceptado el nuevo estado de cosas impuesto por la Francia napoleónica[5] a pesar de que las colonias habían defendido los derechos de la corona hasta los primeros años del siglo XIX, y por último 3.-) responder a las retaliaciones que estaban sufriendo los venezolanos como consecuencia de su iniciativa por parte de las nuevas autoridades españolas[6]. Valencia desconocería la declaración de independencia.

En el caso venezolano, se puede afirmar que el cambio, en principio revolucionario, se produjo para regresar a una situación, que en cada momento del proceso, les pudo haber parecido la más ventajosa. La libertad estuvo presente en cada una de las instancias en que se fue avanzando en el proceso independentista pero la motivación que al final de cuentas prevaleció fue diferente a la que inició el proceso. Esta realidad hace necesario tratar de entender cómo evolucionó el fin que se establecieron los venezolanos de ese entonces. La motivación de los estadounidenses y de los franceses fue la libertad, pero mientras unos buscaron los medios para canalizarla una vez alcanzada, los franceses cambiaron su objetivo una vez alcanzado y buscaron la igualdad[7]. La consecuencia para los primeros fue la independencia y para los segundos el regreso a las condiciones previas al inicio del proceso de cambios.

Ahora bien ¿la libertad fue producto de la necesidad, o fue la necesidad la que hizo que la libertad se alcanzara o se perdiera? Para Arendt, las injusticias inglesas generaron un estado que produjo una necesidad de cambios y estos cambios tuvieron como fin la libertad. En el caso francés la pobreza y la exclusión generaron un estado de necesidad que hizo que el objetivo original del proceso de cambio fuese cambiado en aras del bienestar del pueblo. La experiencia de Miranda en la Francia revolucionaria parece constatar esta idea, puesto que al salir de prisión[8] propuso un proyecto político que buscaba asegurar la libertad atribuyendo todo el mal de la republica francesa a la sumisión del poder ejecutivo y el judicial a la Convención[9], es decir, el mal fue debido al cambio de dirección del proceso revolucionario y posteriormente a la parálisis política que provocó las luchas internas dentro del seno de la asamblea.

Para los venezolanos hubo una necesidad de liberarse y la resultante de sus acciones fue la independencia de la España napoleónica. Esta circunstancia es de importancia capital puesto que a pesar de existir un movimiento independentista contra la España borbónica, fue la usurpación del trono español lo que produjo el cambio y este hecho en si, si se considera la posterior restauración realista en Venezuela, explica por qué, en los primeros años de la independencia, fracasó el intento de crear algo nuevo. El proceso de liberarse de la influencia francesa produjo la libertad absoluta y la libertad absoluta no estuvo en el espíritu del Acta del 19ABR, ni del juramento realizado por los constituyentistas antes del comienzo de sus sesiones de trabajo. Por consiguiente, se puede afirmar que en Venezuela entre 1810 y 1811 hubo varias ideas de libertad: una entendida de manera absoluta (los que querían la independencia), otra que se podría denominar como intermedia (los que se acogían a las libertades otorgadas por la Junta de Sevilla) y los que se consideraban libres siendo súbditos de España. Por otra parte, en lo que respecta a la liberación hubo unos que pensaron que había que liberarse de franceses y españoles y otros que sólo aspiraban a evitar la influencia francesa.  

En otro orden de ideas, Arendt afirmó que “sólo se puede hablar de revolución cuando está presente este pathos de la novedad y cuando ésta aparece asociada a la idea de la libertad” y en ese sentido, aquí en Venezuela hubo algo nuevo asociado a la idea de libertad: se fundó una república por lo que es posible hablar de revolución, pero, ¿es posible hablar del establecimiento de un nuevo origen? Ciertamente hubo un nuevo origen y este fue establecido desde adentro en la Capitanía General, pero su generación y más específicamente sus causas fueron la necesidad de restaurar algo perdido que no necesariamente implicaba el establecimiento de un nuevo origen, debido a que el proceso iniciado en el año 1810 buscó más que la libertad, que en parte significó para los venezolanos de ese entonces la posibilidad de decidir su propio destino, la liberación de un gobierno que estaba imposibilitado para “oprimir” por diversas circunstancias.   

El pathos al que se hizo mención está referido al momento a partir del cual las acciones generadas por los protagonistas del proceso, aún en contra de su voluntad, eran irreversibles. En el caso venezolano, la irreversibilidad  vino desde afuera y desde adentro. Desde afuera por la incapacidad española de ejercer la autoridad y desde adentro por la necesidad de evitar la influencia francesa. Pero a pesar de esta situación los cambios acaecidos en el país buscaron preservar aquello que se percibió estaba amenazado, es decir, la religión[10]. Bajo esta perspectiva, el proceso venezolano tuvo como propósito, en principio asegurar una situación original en cuanto al papel de la iglesia se refiere.

Los independentistas criollos, en general, fueron independentistas en tanto y en cuanto ese acto no fuese una emulación del proceso francés no por la orientación que este tuvo sino por el hecho que la Francia revolucionaria había afectado valores fundamentales de la hispanidad como la religión y la autoridad. El papel que jugó Miranda en Europa y en EE.UU es fundamental para comprender el proceso venezolano puesto que dedicó parte de su vida a la causa independentista, incluso mucho antes de que en estos parajes se pensara en independencia. Miranda recurrió a Francia, el Reino Unido y EE.UU para conseguir apoyo para su proyecto, pero la cambiante situación política europea lo conminó al final a obrar solo. Si se tiene presente las intenciones de los europeos con respecto a la América meridional y la actitud que Miranda asumió hasta el desembarco en la Vela de Coro se puede afirmar que el Precursor no fue instrumento de los europeos para el logro de sus fines, aunque sirvió en parte a sus propósitos. En parte debido a que renunció en 1806 a luchar por la libertad cuando percibió que los que iban a ser liberados en cierta forma se sentían “libres” en la condición en que se encontraban, y debido al hecho que las principales potencias europeas, luego de la experiencia estadounidense, consideraron útil a sus políticas y beneficioso para todos un cambio de circunstancias en el resto del continente. 

El fin de la revolución es la libertad, pero si en cierta forma el desconocimiento francés nos hacía libres y el estatus de igualdad dado por la Junta de Sevilla nos hacía iguales, entonces aquí lo que se hizo fue intentar resolver un problema tratando de alcanzar el mayor consenso posible. En Venezuela, el problema que se plantearon los fundadores de la república no fue social, estaba relacionado con la forma de gobierno, no con la ordenación de la sociedad. El problema fue político. Entre el periodo que medio entre el 19ABR y la promulgación de la primera constitución republicana se hicieron importantes reformas: unificación de las provincias y reforzamiento de su autonomía, libre comercio, supresión de los derechos de exportación, fomento de la agricultura y la industria, abolición del tributo indígena, prohibición de la introducción de esclavos en el país y convocación a elecciones para legitimar las nuevas relaciones de poder. Pero, para las elecciones fueron convocados sólo los hombres libres, mayores de veinticinco años y propietarios de bienes raíces, restringiendo con ello la participación política, por lo que se puede afirmar que para los independentistas venezolanos no hubo diferencias en conceptos tales como propiedad y democracia.

Arendt expresó que toda revolución contiene dos elementos al parecer contradictorios: la novedad de la fundación y la estabilidad de lo fundado. Como ya se ha podido observar el 19ABR se inició un proceso político para actuar en contra de la usurpación francesa. La respuesta de las nuevas autoridades hizo que dicho proceso tomara el curso de la independencia y el establecimiento de un nuevo origen. Como ya se afirmó no todas las provincias acataron el llamado de Caracas por lo que hubo necesidad de acelerar la fundación y asegurar que lo nuevo permaneciera mediante la promulgación de una constitución republicana. La liberación, en este contexto, significó la libertad para unos pocos, pero como esos pocos también estaban divididos el problema fue de distribución del poder no sólo en lo correspondiente a la forma de gobierno sino a la distribución entre los “pocos” liberados.

La primera Constitución fue muy similar a la de los EE.UU, sobre todo en lo que respecta a las ideas de los tres poderes de Montesquieu, la bicameralidad y la autonomía de las provincias. A pesar de estas similitudes, la constitución venezolana de 1811 tenía unas particularidades derivadas de las circunstancias que les habían tocado vivir a los venezolanos. Estas particularidades estaban relacionadas con lo siguiente:

·         Hubo un énfasis en defender la religión, declarada “única del país”.
·         Asumía como derechos fundamentales del individuo la libertad, la igualdad, la propiedad y la seguridad (Art. 152)[11].
·         Declaraba la igualdad de los pardos, de los indios (Art. 200) y prohibían terminantemente el comercio de esclavos (Art. 202).
·         El Poder de la nueva república descansaba en el Poder legislativo.
·         Tenía expresiones propias del proceso francés como “voluntad general”, “soberanía del pueblo”, “pacto social”, etc., que no estaban precisados.

Esta constitución fue aprobada con reservas, especialmente: 1.-) las relativas al poder de la iglesia, 2.-) al desequilibrio de los poderes públicos, 3.-) la falta de sencillez del texto, 4.-) al desajuste del texto con los usos y costumbres de la población y 5.-) el fomento de la división del “Cuerpo Social”. Estas observaciones fueron realizadas precisamente por Francisco de Miranda[12]. Para Miranda uno de los problemas que había que afrontar en el proceso de cambio era el de la autoridad dada su experiencia en el proceso revolucionario francés. Esta observación es pertinente debido a que el poder legislativo destacó por el resto de los poderes y se aprecia que esta particularidad se debió a la precariedad del consenso alcanzado por los independentistas en todo el proceso.

El énfasis en la religión católica observada en todo el proceso evidencia que las bases del sistema colonial erigidas sobre la catequización, el comercio y la industria habían sido tan fuertes que los fundadores de la república consideraron la necesidad de preservarlas. Esta visión católica era compatible con la visión pesimista del hombre debido a la idea del pecado original lo cual significaba que esta concepción iba a tener importantes consecuencias políticas como se desprende de todas aquellas concepciones que han seguido la filosofía política de Hobbes, Locke, Rousseau, Kant y otros. En cuanto a los derechos fundamentales se refiere, en la constitución de 1811 se buscó una inclusión más amplia de la población, aunque esta no implicaba necesariamente una mayor participación política.

Las expresiones que fueron incluidas en lo que se podría denominar como parte de un léxico revolucionario francés parecieron tener un carácter declarativo, debido a la necesidad de contener las diferencias existentes en los actores involucrados en el proceso, puesto que ese aire francés contradecía el fuerte apoyo dado a la iglesia hecho expresó en ese documento constitutivo.  

Al final del documento constitucional se incluyó lo siguiente: “El término de la revolución se acerca: apresuraos a llegar a él por medio de la Constitución que os ofrecemos, si queréis sumir en la nada los proyectos de vuestros enemigos, y apartar para siempre de nosotros, los males que ellos nos han causado”. Con esta exhortación se buscaba, en primer lugar, incluir a la mayor cantidad de venezolanos posibles (a pesar de las diferencias existentes), con la finalidad de hacer el proyecto político duradero y en segundo lugar, se buscó fijar el proceso con el fin de evitar perturbaciones o al menos determinar sus focos en caso de desavenencias o desacuerdos. Estas dos intencionalidades permiten mostrar la contradicción referida previamente.

Arendt expresó que “ninguna revolución, ninguna fundación de un cuerpo político nuevo, era posible donde masas estuviesen agobiadas por la miseria”. Partiendo de esta premisa se puede afirmar que Venezuela como una entidad fundada en el nuevo mundo tuvo los atributos del nuevo mundo de acuerdo a la citada filosofa y por lo tanto en este país era posible una fundación en el sentido estadounidense del término. No obstante, el proceso de cambios fue producto de la necesidad de evitar la influencia francesa. En este aspecto hubo consenso, más no en el cómo para lograrlo. Imponer el cómo y su efecto costaría un alto precio debido a las diversas ideas de revolución contenidas en el proceso.

El intento constitucional de contener distintas visiones en un proyecto político permite afirmar que se intentó implantar un régimen plural, pero como esta pluralidad no se constituyó en un poder único, sino más bien en varios poderes, la imposición y/o supresión de la diferencia plantearía el conflicto. Conflicto con los que desde el principio se negaron a seguir el proyecto y el conflicto con aquellos que aún habiendo aceptado dicho proyecto político no se consideraron incluidos en condiciones de igualdad por diversas causas, muy a pesar de que los criollos, en parte, se consideraban excluidos con respecto a los peninsulares. Aquí es pertinente la afirmación realizada por Castro quien expresó que los venezolanos quisieron “…ser republicanos y liberales, abrazando una religión, la católica, todo ello a un mismo tiempo,… sin querer discernir sobre las dificultades de coherencia que esto supone”.

A pesar de las reformas que hicieron los fundadores de la república, las instituciones creadas parecen que no fueron hechas para limitar el poder del gobierno sino para llenar el vacío dejado por España bajo un ropaje ilustrado. Bajo estas premisas se puede afirmar que en Venezuela hubo, en general, un proceso revolucionario, en las dos perspectivas referidas por Arendt, es decir, 1.-) hubo un proceso revolucionario de propósito copernicano para restaurar lo hispánico frente a lo francés, que significó un nuevo origen: la independencia, con lo cual nos encontramos en presencia de una situación similar a la vivida por los estadounidenses y 2.-) hubo un cambio súbito y repentino de circunstancias que hicieron a España incapaz de ejercer la soberanía en Venezuela que nos impulsaron a sangre y fuego a seguir un camino diferente. En esos procesos simultáneos y sucesivos también se presentaron otros procesos de carácter revolucionario: la de aquellos que pretendieron regresar al espíritu de la Junta de Sevilla y los que pretendieron regresar al absolutismo español. Ante esta situación, los venezolanos se encontraron ante una situación análoga a la vivida por los franceses y estos hechos permiten afirmar que se produjo un proceso revolucionario de carácter copernicano que haría que se perdiera el propósito y se regresara posteriormente, al menos por pocos años, a la situación colonial.

         Teniendo presente lo expresado del proceso venezolano, es posible afirmar ahora que en una revisión a posteriori del modelo arendtiano sobre el origen y sus implicaciones en el concepto de revolución, se puede inferir también que el proceso francés contuvo diversas concepciones de un nuevo origen que además de presentarse de forma sucesiva, también estuvieron presente de manera simultanea en todo el transcurso del proceso hasta que se produjo la restauración napoleónica. Los nuevos orígenes estuvieron relacionados con: 1.-) en acabar con la política del terror desatada por Robespierre y restaurar a la libertad como el objetivo del proceso tal como se evidenció en la propuesta primero de Danton y posteriormente de Miranda y 2.-) en restaurar el orden perdido para poder preparar al país para la defensa frente a las otras potencias europeas[13]. En ambos momentos estuvo también presente la idea de la restauración borbónica por lo que se puede concluir que la idea que prevaleció del origen contuvo su contradicción ya que fue planteada de diversas formas y la imposibilidad de superar esas contradicciones generó la circularidad que hizo que se regresara a la situación previa.

Ahora bien, la pregunta subsiguiente es: ¿En el proceso independentista norteamericano estuvieron presente también lo sucesivo y lo simultáneo encontrados en el proceso revolucionario francés y venezolano? De acuerdo a Arendt, el criterio de validez que dio inicio al proceso estadounidense fue el consenso, y este se sustentó en la posibilidad de sustentar opiniones “en nombre de lo que se consideraba valido”. Consecuentemente, lo valido que en las Trece Provincias produjo el consenso fue la certeza de un perjuicio y este perjuicio tuvo una causa. Las opiniones que se produjeron estaban relacionadas con el cómo salir de la situación desventajosa, no con la causa que había originado el perjuicio que era contrastable empíricamente y ello permite afirmar que el proceso que produjo la independencia en América del Norte fue eminentemente racional.

Siendo la ratio, la base por medio del cual se sustentó el consenso que produjo el proceso estadounidense, faltaría determinar las razones que sustentaron la decisión inglesa que produjo la ruptura, sobre todo debido a que la experiencia obtenida por los ingleses en las guerras libradas contra España y Francia entre 1739 y 1807, les había enseñado la poca factibilidad de conquistar nuevos territorios, caracterizados por su inmensidad, sin la ayuda de su población y la dificultad de defenderlo si hay hostilidad de la misma población dentro de un contexto de guerra internacional.   

         Entendidas así las cosas, en EE.UU hubo una revolución que se sustentó en un criterio de verdad, debido a que las circunstancias que la produjeron, fueron en principio contrastables empíricamente. La circunstancia que produjo la revolución francesa se fundó en un criterio de verdad no contrastable empíricamente puesto que el fin original fue cambiado durante el proceso, dando origen a otros procesos que sólo en el presente ha estudiado Antonio Negri. Para finalizar, en el caso venezolano operaron varios criterios de verdad en un contexto signado por la complejidad que impidió sentar las bases por medio de las cuales se pudiese construir un consenso. Esta realidad hizo que dentro del proceso revolucionario venezolano se produjeran simultáneamente otros procesos con los resultados conocidos.

Consecuentemente, la duda que se presenta es la de saber a partir de que momento es posible usar la expresión “consenso” en un proceso signado por la racionalidad.

5.-     BIBLIOGRAFÍA CONSULTADA.

ARENDT, H. (1967). Sobre la Revolución. Ediciones Revista de Occidente. Madrid. 343 p.

ARENDT, H. (1993) La Condición Humana. Barcelona. Editorial Paídos. (T. R. Gil). 366 p.

BLANCO, E. (2005) Consideraciones de Orden Estratégico que Enmarcaron el Intento de Francisco de Miranda de Independizar la América del Sur. Comp.: H. Jiménez. En el Desembarco de la Vela de Coro. Caracas. CGA. 2005. 203 p.

BLANCO, E. (2004). Reflexiones sobre Estrategia marítima en la Era de la Libertad de los Mares. Caracas. Editorial Panapo. 305 p.

CABILDO DE CARACAS. Acta del 19 de Abril de 1810.  www.analitica.com/bitblioteca/venezuela/19abril1810.asp

CASTRO, L. (1999). Sed Buenos Ciudadanos. Caracas. Alfadil ediciones y IUSI. 245 p.

CONGRESO CONSTITUYENTE DE Venezuela. Acta de la Independencia de Venezuela, 5 de julio de 1811. www.analitica.com/bitblioteca/venezuela/acta.asp

CONGRESO CONSTITUYENTE DE VENEZUELA. Constitución de Venezuela del año 1811. www.analitica.com/bitblioteca/venezuela.asp

PARRA-PÉREZ, C (1966). Miranda y la Revolución Francesa. Tomos I y II. Caracas. Ediciones del Banco del Caribe.

PARRA-PÉREZ, C. (1959). La Constitución federal de Venezuela de 1811. Estudio preliminar. Academia Nacional de Historia, Caracas.

RODRIGUEZ, J. (1986). Vida Militar del General Miranda. Ediciones del Autor. San Sebastián. 317 p.


[1] El Acta del 19ABR1810 expresaba lo siguiente: “En Caracas…, se juntaron… con motivo… de atender a la salud pública de este pueblo que se halla en total orfandad, no sólo por el cautiverio del señor Don Fernando VII, sino también por haberse disuelto la junta que suplía su ausencia en todo lo tocante a la seguridad y defensa de sus dominios invadidos por el Emperador de los franceses,…,…. Y aunque, según las últimas o penúltimas noticias derivadas de Cádiz, parece haberse sustituido otra forma de gobierno con el título de Regencia, sea lo que fuese de la certeza o incertidumbre de este hecho, y de la nulidad de su formación, no puede ejercer ningún mando ni jurisdicción sobre estos países, porque ni ha sido constituido por el voto de estos fieles habitantes, cuando han sido ya declarados, no colonos, sino partes integrantes de la Corona de España, y como tales han sido llamados al ejercicio de la soberanía interina, y a la reforma de la constitución nacional; y aunque pudiese prescindirse de esto, nunca podría hacerse de la impotencia en que ese mismo gobierno se halla de atender a la seguridad y prosperidad de estos territorios, y de administrarles cumplida justicia en los asuntos y causas propios de la suprema autoridad, en tales términos que por las circunstancias de la guerra, … y usurpación de las armas francesas, no pueden valerse a sí mismos los miembros que compongan el indicado nuevo gobierno, en cuyo caso el derecho natural y todos los demás dictan la necesidad de procurar los medios de su conservación y defensa; y de erigir en el seno mismo de estos países un sistema de gobierno que supla las enunciadas faltas, ejerciendo los derechos de la soberanía, que por el mismo hecho ha recaído en el pueblo…”.
[2] El juramento fue, al parecer, el siguiente: "¿Juráis a Dios por los Santos Evangelios que vais a tocar, y prometéis a la Patria conservar y defender sus derechos y los del Señor Don Fernando VII, sin la menor relación o influjo con la Francia; …; y sin otra representación que la que reside en el Congreso General de Venezuela; oponeros a toda dominación que pretendiera ejercer soberanía en estos países, o impedir su absoluta y legítima independencia cuando la Confederación de sus Provincias la juzgue conveniente...?".
[3] El documento expresaba lo siguiente: “…reunidos en Congreso, y considerando la plena y absoluta posesión de nuestros derechos, que recobramos justa y legítimamente desde el 19ABR1810, en consecuencia de la jornada de Bayona y la ocupación del trono español por la conquista y sucesión de otra nueva dinastía constituida sin nuestro consentimiento, queremos, antes de usar de los derechos de que nos tuvo privados la fuerza, por más de tres siglos, y nos ha restituido el orden político de los acontecimientos humanos, patentizar al universo las razones que han emanado de estos mismos acontecimientos y autorizan el libre uso que vamos a hacer de nuestra soberanía”.
[4] “No queremos, …empezar alegando los derechos que tiene todo país conquistado, para recuperar su estado de propiedad e independencia; olvidamos generosamente la larga serie de males, agravios y privaciones que el derecho funesto de conquista ha causado indistintamente a todos los descendientes de los descubridores, conquistadores y pobladores de estos países, hechos de peor condición, por la misma razón que debía favorecerlos; y corriendo un velo sobre los trescientos años de dominación española en América…”
[5] …América volvió a existir de nuevo, desde que pudo y debió tomar a su cargo su suerte y conservación; como España pudo reconocer, o no, los derechos de un rey que había apreciado más su existencia que la dignidad de la nación que gobernaba. Cuantos Borbones concurrieron a las inválidas estipulaciones de Bayona,…, contra la voluntad de los pueblos, faltaron, despreciaron y hollaron el deber sagrado que contrajeron con los españoles de ambos mundos, cuando, con su sangre y sus tesoros,…; por esta conducta quedaron inhábiles e incapaces de gobernar a un pueblo libre, a quien entregaron como un rebaño de esclavos”.
[6]“A pesar de nuestras protestas, de nuestra moderación, de nuestra generosidad, y de la inviolabilidad de nuestros principios,…, se nos declara en estado de rebelión, se nos bloquea, se nos hostiliza, se nos envían agentes a amotinarnos unos contra otros, y se procura desacreditarnos entre las naciones de Europa implorando sus auxilios para oprimirnos”.
[7]“La idea de libertad e igualdad  no era concebida, según Arendt, como una cualidad inherente a la naturaleza humana… eran convencionales y artificiales, producto del esfuerzo humano  y cualidades de un mundo hecho por el hombre”. Consecuentemente, la polis fue concebida como una isonomía, es decir una forma de gobierno que garantizaba la igualdad de los hombres que por su naturaleza eran desiguales mediante una institución artificial que garantizaba la igualdad en lo político, y no como posteriormente argumentó Rousseau de que los hombres habían nacidos iguales.
[8] La caída de Robespierre encontró a Miranda preso, pero a pesar de que se creyó que se produciría una liberación de todos los presos políticos esta no ocurrió y Miranda tuvo que dirigir a la Convención Nacional una memoria explicando su caso donde expresa que, según Parra-Pérez: “Existe un crimen, o en la impunidad de un gran culpable o en la persecución de un inocente. De todas las maneras de matar la libertad, no hay más asesina para una república, que la impunidad del crimen o la proscripción de la virtud. Deja de existir la sociedad allá donde un miembro del cuerpo social insulta, con la impunidad, a la justicia”… “o soy culpable, en cuyo caso hay un crimen para con el cuerpo social al dejarme impune, o soy inocente y hay un crimen para con la sociedad al tenerme preso sin juzgarme”.
[9] En ese proyecto invita  a los franceses a “repudiar el régimen de las persecuciones y de las injurias y a inquirir lo que interesa al bien público. Cese al fin, el reinado de la violencia para que los ciudadanos vuelvan a ser hermanos, que la arbitrariedad y la anarquía cedan el paso a un régimen de orden y de libertad, para que la revolución estabilice sus provechos y desarrolle su programa” (II. 159 p). De igual forma, Miranda se preguntó según Parra-Pérez que:¿Qué necesidad es la más urgente? La paz, la paz con Europa, y la paz es imposible si no se llega a organizar un buen gobierno”. Luego afirmó que “la Convención… como quería cambiarlo y revolucionarlo todo, no ha respetado nada… destrozaba lo que no le placía, fulminaba todo cuanto se levantaba contra ella… Cuando la luz de thermidor se hizo sobre el caos, viose con espanto la extensión de los males y la insuficiencia de los remedios. Desquiciadas las relaciones de la sociedad y sus vínculos interrumpidos;…”. Esto según Parra-Pérez era el resultado de la confusión de poderes. “cuando el cuerpo legislativo nombra los miembros del ejecutivo, no existe libertad política; si nombra a los jueces no hay libertad civil”.
[10] El Articulo 1º de la Constitución de 1811 decía lo siguiente: “La Religión, Católica,…, es también la del Estado, y la única,… de los habitantes de Venezuela. Su protección, conservación, pureza, é inviolabilidad será uno de los primeros deberes de la Representación nacional, que no permitirá jamás…, ningún otro culto público,…, ni doctrina contraria a la de Jesé-Christo”.
[11] La libertad era entendida como “la facultad de hacer todo lo que no daña los derechos de otros individuos, ni el cuerpo de la sociedad, cuyos limites sólo pueden determinarse por la ley, porque de otra suerte serian arbitrarios, y ruinosos á la misma libertad” (Art.153). La igualdad “consiste en que la ley sea una misma para todos los Ciudadanos, sea que castigue, ò que proteja. Ella no reconoce distinción de nacimiento, ni herencia de poderes” (Art. 154). La propiedad “es el derecho que cada uno tiene de gozar y disponer de los bienes que haya adquirido con su trabajo, e industria” (Art. 155). La seguridad existe “en la garantía, y protección que da la sociedad á cada uno de sus miembros sobre la conservación de su persona, de sus derechos, y de sus propiedades” (Art. 156).
[12] La Constitución federal de Venezuela de 1811; Estudio preliminar (Parra Pérez,  1959).
[13] Miranda y Bonaparte estuvieron conspirando contra la Convención Nacional según Parra-Pérez y de acuerdo a lo que este autor dice, ambos buscaron el poder, pero por vías diferentes: mientras Miranda lo intentó por la vía de acabar con la Convención, Napoleón buscó usarla como un medio para sus fines. Por ello Miranda, a pesar que al final buscó restituir el orden, fue perseguido por los nuevos actores que entraron en escena y el General Bonaparte asumiría el protagonismo político en ese país y en Europa por veinte años.