domingo, 6 de noviembre de 2016

SOBRE EL ORIGEN DE LAS NEGOCIACIONES ENTRE VENEZUELA Y COLOMBIA POR LAS ÁREAS MARINAS Y SUBMARINAS EN EL GOLFO DE VENEZUELA


Elaborado por Jairo Bracho Palma




            Las verdaderas causas del debate sobre las áreas marinas y submarinas en el Golfo de Venezuela, se ha diluido en un lapso asombrosamente corto (40 años). Es importante recordar cómo se inicio este litigio en ciernes, porque tal anomalía, juega a favor de Colombia, que tiende a presentar la falsa idea de un “Derecho Histórico y Secular” para disputar la riqueza ictiológica y minera del “golpho de benecuela”. A esto, contribuye el desorden generado por la cantidad de papeles que se producen en las reuniones de comisiones bilaterales, dispersos en su mayoría, que hacen difícil una sistematización de un proceso que entre 1965 y 1998, contó con más de 30 reuniones marco, siendo a partir de 1992, que se regulariza, adoptando la metodología de la globalidad de temas.


            El problema de la delimitación de la plataforma continental lo inicia Portugal, que expone este principio ante los organismos técnicos  encargados de la codificación de Derecho Internacional en 1924, y en la Conferencia de la Haya en 1930,  apoyados por Islandia y Noruega entre otros. Finalmente, el criterio del derecho de los Estados sobre su riqueza submarina quedó  consagrado ese mismo año.


            La primera concreción que consideró la delimitación de la plataforma continental  y su explotación, fue el Tratado de  Delimitación entre Venezuela y Gran Bretaña[1]. La Consultoría Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores, señaló que era legítimo en Derecho Internacional,  por tratarse de una bahía y dos estrechos en los cuales las dos fajas de mar territorial, se encontraban o estaban tan vecinas entre sí, que apenas dejaban en la parte más ancha, un pequeño sector de mar libre que podía ser asimilado al mar territorial[2].


            La Declaración Truman en 1945, viene a significar el interés de los Estados Unidos por preservar sus recursos pesqueros, regularlos sin prohibir los derechos de libre tránsito, y los ya adquiridos por otros países en zonas afectadas por la proclama, y principalmente, aumentar los descubrimientos de yacimientos petroleros para su explotación.


            Esto generó entre los entendidos de la materia en Venezuela, una matriz de opinión favorable, ya que por circunstancias similares, las necesidades vitales en el golfo en materia petrolera y pesquera, congeniaban con la motivación de la proclama norteamericana.


Poco antes del Golpe del Estado del 18 de octubre de 1945, el Agregado Naval de Venezuela en Colombia informaba lo tratado en las reuniones con personajes del quehacer bogotano:

 Colombia viene pretendiendo  cierta jurisdicción sobre las aguas del golfo de Venezuela por haber logrado deslizarse  costa adentro hasta Castilletes, después del chanchullo del mal llamado – mogote de los Frailes[3].


            Aún en 1945, existían serias dudas para que el gobierno del general Isaías Medina Angarita pudiese proclamar y extender la jurisdicción marítima en el “escalón continental”, al estilo de la “Proclama Truman” de ese mismo año, la ventaja que se obtendría, sería la exclusión de Colombia de derechos sobre la plataforma continental, evitando, que contrariamente, y como se esperaba del Estado Colombiano,  tirara la línea por todo el medio del golfo[4].


            Pedro Agrerrevere, Consejero Financiero de la Embajada de Venezuela en Washington, inicia de manera formal la controversia sobre el tema, y con 20 años de anticipación, señala las intenciones de Colombia en el Golfo de Venezuela. Criticaba que la política de la Cancillería Venezolana era reticente a declarar los golfos de Venezuela “mares cerrados”, para no sufrir oposición por parte de potencias marítimas, como Gran Bretaña u Holanda.


            En suma, este funcionario sugería que Venezuela hiciera una proclamación similar a la de Truman  y de Ávila Camacho (México[5]), para que la totalidad de la plataforma continental en el Golfo fuera venezolana:


“Manteniéndonos dentro de lo expuesto por esa nación (Estados Unidos), y dejando a salvo para discutir separadamente los derechos de terceros, adherirnos a ese criterio y presentar nuestras aspiraciones con lo cual podemos ganar mucho, y ciertamente en el peor delos casos no perdemos nada”[6].


La política de la Cancillería, al parecer era bastante moderada, llena de buenas intenciones, pero ineficaz frente las máximas aspiraciones del Estado Colombiano, siempre agresiva y arrolladora.


La propuesta de Aguerreverre era bastante sólida, pues preveía que inevitablemente existiría un conflicto con Colombia en el Golfo, así que era mejor declarar la máxima aspiración sobre la plataforma continental, esperar la reacción de Holanda, que negociaría de seguido por sus derechos insulares, y posteriormente con Colombia, que no se quedaría a la saga. Pero la iniciativa debía ir acompañada de los estudios técnicos necesarios que convirtieran los argumentos “morales” en fundamentos indubitables.


Las respuestas no se hicieron esperar, los ataques enconados vinieron de la Dirección de Fronteras, por boca de su Director más longevo: Francisco Duarte. La opinión fue definitiva: que Venezuela se abstuviera de formular declaraciones que a todas vistas serían precipitadas. Señaló que no veía la razón para iniciar estudios de suelo en el golfo ni calibrar su riqueza pesquera. Lo que si tenía claro el Director Duarte, era que no era razonable hacer declaraciones conjuntas con Colombia (antecedente de condominio) en materia de plataforma continental [7].


El Consultor jurídico de Fronteras, Dr. Ramón Carmona hizo un interesante estudio sobre la proclamación Truman  del  28 de septiembre de 1945, sus causas, consecuencias y las eventuales medidas que debería tomar Venezuela en este aspecto. El trabajo, moderado en sus sentencias, es una joya en cuanto a cómo debía procederse en el caso del golfo de Venezuela.


Carmona señalaba que era muy apresurado realizar una proclama de este calibre, por cuanto Venezuela no era una potencia, y no tendría medios para  valer sus derechos,  y adoptó la sugerencia de Agerrevere de formar una comisión multidisciplinaria que estudiara el caso.

Carmona sugería sondear el ánimo del gobierno británico, e inclusive tratar de ganarlos con posibles concesiones en la zona, y estudiar cuál era la tendencia colombiana, pero siempre teniendo presente  que debía ser una acción concordada con ella, y si era posible hacer un Tratado parecido al celebrado con Gran Bretaña[8]. Lo más importante de todo, es que Carmona planteaba que los intereses vitales de Venezuela estaban por encima de cualquier impedimento legal, entrando de esa forma a aportar nuevas vías en el campo del Derecho Internacional.


En efecto, posesionado del 6% de las costas del golfo, el Estado Colombiano realizó un trabajo a fondo, consecuente con su resentimiento virreinal de considerar la antigua Provincia de Maracaibo como suya,  y se presentó a favor del arbitraje obligatorio y no facultativo de la Corte Internacional de Justicia,  ante la Comisión  de Derecho Internacional de las Naciones Unidas (1950-1953)[9]. En 1958, se produjo uno de los más fuertes debates en el seno de la Conferencia de Ginebra, en lo que respecta a la plataforma continental, sobre todo en el artículo 6°, donde Colombia, por supuesto, fue la abanderada,  en la adopción de la línea media como sistema obligatorio de delimitación. Los consultores jurídicos venezolanos estimaron que la pretensión colombiana estaba muy clara, así que el  gobierno del Presidente  Leoni decidió tomar la iniciativa[10].


Terminada la Conferencia de Ginebra, Dentro de la Cámara de Diputados de Venezuela,  se suscitó una inquietud por parte de los Diputados Gonzalo Barrios y Jóvito Villalba, sobre si las reservas hechas por los abogados venezolanos en lo relativo a “circunstancias especiales”  eran suficiente como para garantizar los derechos sobre el Golfo, la Consultoría del Ministerio de Relaciones Exteriores asistió al Hemiciclo y explicó las circunstancias por las cuales tales expresiones eran las más adecuadas[11].


Sin embargo, Gonzalo Barrios continuó con la inquietud, pero no fue ni él ni Rómulo Betancourt, como se ha pretendido, los que iniciaron de manera unilateral  las conversaciones en materia de aguas marinas y submarinas. Al parecer, el embajador de Venezuela  en Colombia, Dr. Miguel Angel Burelli Rivas, venía recibiendo noticias y propuestas de políticos de aquel país, algunas un poco alarmistas, sobre una posible complicación del proceso que se iniciaría en cualquier momento, pero que aún no se había discutido ni siquiera informalmente. Es Colombia quien  “petroliza el problema”, al sugerir una reunión de técnicos petroleros de ambos países para discutir el problema.

 Una opinión jurídica emanada de la Dirección de Fronteras, del 19 de abril de 1965, favorece el inicio de las conversaciones “dentro del mayor sigilo posible”[12].


Con todos estos antecedentes, en octubre de 1965, los Ministros de Relaciones Exterior  Dr. Ignacio Irribarren Borges, el de Relaciones Interiores, Gonzalo Barrios, el de Minas e Hidrocarburos, Manuel Pérez Guerrero,  y del  de Cordiplan,  Hector Hurtado, invitaron de manera imprevista a los  doctores Carlos Lleras Restrepo y  Virgilio Barco, quienes se encontraban en Surinam. En esta reunión manifestaron a los funcionarios colombianos que Venezuela deseaba llegar a un acuerdo  sobre la delimitación de la Plataforma Submarina del Golfo, porque nuestro país había hecho reserva expresa de la línea media en la Convención  de Ginebra, por lo que debía llegarse a un acuerdo amistoso  antes de que  el descubrimiento de reservas petroleras en la zona o consideraciones de prestigio nacional dificultaran el asunto. Como hemos indicado, ya el asunto del petróleo estaba en la mente de los políticos colombianos[13].


La primera reunión formal para tratar el asunto de la plataforma del golfo, no se realizó entre diplomáticos ni abogados, sino entre técnicos petroleros de ambas naciones, lo que significaba que en efecto, el asunto del golfo ya estaba petrolizado desde su génesis. Por un lado el Ministro de Energía y Minas de Colombia, por el otro, Rubén Sader Pérez, Presidente de la Corporación venezolana de Petróleo. Significativo es el hecho de que Colombia en esta primera reunión esgrimió lo que sería su tesis, a la que tanta vehemencia había puesto en la conferencia del Mar: la línea media.


CONCLUSIONES


  1. Las discusiones en la delimitación de áreas marinas y submarinas en el Golfo de Venezuela tienen su origen en las implicaciones en materia de Derecho Internacional, que tuvo la proclama Truman y del Presidente de México en 1945.
  2. Ese mismo año, el gobierno del Presidente Isaías Medina Angarita tenía conocimiento sobre las intenciones de Colombia de llegar al “medio del golfo”, en busca de riqueza petrolera y pesquera.
  3. Las circunstancias de post guerra, las inmensas necesidades de crudo por parte de Gran Bretaña, la urgencia de reactivar su economía, habrían favorecido una delimitación, a la que Colombia, en condiciones desventajosas habría tenido que aceptar, tal como lo hizo en 1952 en el caso de los Monjes.
  4. No se puede acusar de cambios o despidos en el personal de Cancillería como causa de falta de continuidad en las políticas de Estado, porque el Director de Fronteras,  el Consultor Jurídico y en general los técnicos y funcionarios, sobrevivieron a tres golpes de Estados sin que se les removiera de sus cargos, contrariamente, se observa que sus notas y opiniones era seguidas a rajatabla por el alto gobierno.
  5. En 1945, algunos funcionarios de Cancillería habían previsto las intenciones de Colombia, y que se fue perfilando en las Comisiones Preparatorias del Derecho del Mar, Relaciones Consulares, de Inmunidades y Privilegios ocurridas entre 1953 y 1963.
  6. Confirmada las intenciones del Estado vecino, aunado a comentarios personales hechos al Embajador de Venezuela en Colombia, y a la opinión de la Dirección de Fronteras, motivaron al gobierno Venezolano  a llamar a consulta a dos funcionarios colombianos en 1965, dando inicio así al proceso de negociación que aún se mantiene.
  7. Desde 1964, la idea de petrolizar la discusión, vino de Colombia, y lo logró haciendo que la primera reunión formal, se hiciera sobre esa área.











[1]ADGSLAF, 5.13.46. Tratado suscrito entre Venezuela y la Gran Bretaña, 26 de febrero de 1942. 
[2] ADGSLAF, 7.11.16.  El Dr. Ramón Carmona, Plataforma Costanera Submarina y su Régimen Internacional, Caracas, 9 de enero de 1946.
[3] Archivo de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Fronterizos ( en adelante ADGSLAF), 7.11.12. Documento 6, Pedro Aguerreverre, Agregado Financiero en la Embajada en Washington, al Dr. Gustavo Herrera, Ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela, 10 de octubre de 1945.
[4] Ibidem.
[5]ADGSLAF, 7.10.10. Declaración de Presidente de México sobre Plataforma Continental, 30 de octubre de 1945. 
[6] ADGSLAF, 7.10.11. Pedro Aguerreverre, Agregado Financiero en la Embajada en Washington, memorando 30 , “ Observaciones al memorando de fecha 30 de abril, referente a las posibilidades de extender la jurisdicción nacional en el escalón continental del golfo de Venezuela,, 14 de junio de 1946.
[7] ADGSLAF, 7.10.10. José Francisco Duarte, Director de Fronteras del Ministerio de Relaciones Exteriores, Caracas, 7 de julio de 1946.
[8]ADGSLAF, 7.11.16.  El Dr. Ramón Carmona, Plataforma Costanera Submarina y su Régimen Internacional, Caracas, 9 de enero de 1946.
[9] Colombia hizo igual intento en las Conferencias sobre Relaciones e Inmunidades Diplomáticas de 1961 y la  de Relaciones Consulares de 1963.
[10] ADGSLAF, 7.11.16. El Dr. Ramón Carmona, Evolución Reciente del Arbitraje Internacional y la Decisión Judicial, Su Estado Actual, octubre de 1968, pp. 29-40. División.
[11] ADGSLAF, 7.11.16. Memorando del 29 de abril de 1960.
[12] ADGSLAF, 7.11.8. El Embajador de Venezuela en Colombia, Dr. Miguel Angel Burelli Rivas, al Canciller Ignacio Irribarren Borges, oficio 1226 del 29 de septiembre de 1965.
[13] ADGSLAF, 6.3..37. El Presidente de Colombia al Presidente de Venezuela, 3 de septiembre de 1969.

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